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En vigorReal Decreto

Real Decreto 232/2017, de 10 de marzo, sobre anotación y cancelación de notas desfavorables en la documentación del personal de la Guardia Civil

También conocida como: RD 232/2017, RD 232/17
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20 de marzo de 2017·Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales·BOE-A-2017-3022
Resumen en lenguaje sencillo

Regula cómo y cuándo se pueden borrar las anotaciones negativas o sanciones del historial profesional de los miembros de la Guardia Civil.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (15 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    Se establece el procedimiento para anotar y cancelar notas desfavorables en la hoja de servicios de la Guardia Civil. Incluyen sanciones disciplinarias firmes y penas judiciales firmes.

  2. Artículo 2 — Ámbito personal de aplicación

    El real decreto aplica a miembros de la Guardia Civil con derechos y obligaciones vigentes. Los alumnos de formación están sujetos a lo previsto, excluyendo infracciones académicas específicas.

  3. Artículo 3 — Anotación

    Se anotan sanciones firmes y penas judiciales en la hoja de servicios. Deben incluir normativa, pena, autoridad, fechas y hechos. Son datos protegidos en apartados independientes.

  4. Artículo 4 — Cancelación

    Las anotaciones se cancelan de oficio al cumplir plazos legales, salvo separación. La cancelación también procede por rehabilitación o antecedentes penales. Los plazos cuentan desde el fin de la sanción o prescripción. Las faltas leves y académicas se cancelan al incorporarse a la escala.

  5. Artículo 5 — Procedimiento de cancelación

    El Subdirector General de Personal cancela anotaciones. El procedimiento se inicia de oficio o a instancia del interesado, resolviéndose en dos meses. La solicitud se dirige por escrito al Servicio de Recursos Humanos. Se notifica la resolución, indicando recursos en caso de denegación.

  6. Artículo 6 — Efectos de la cancelación

    La cancelación anula la inscripción en la hoja de servicios. Solo se certifican sanciones/penas canceladas si lo solicitan autoridades competentes para evaluaciones o recompensas, indicando expresamente la cancelación. La información se conserva en sección independiente de Recursos Humanos. Los ofim

  7. Artículo 7 — Recursos

    Contra resoluciones de anotación o cancelación cabe recurso de alzada ante el Director General de la Guardia Civil, poniendo fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución, procede recurso contencioso-disciplinario militar ante el Tribunal Militar Central.

  8. Disposición adicional primera — Comunicación de resoluciones judiciales

    El Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia certificará, a petición del órgano tramitador, la inexistencia o constancia de antecedentes penales en vigor de los guardias civiles, exclusivamente para el procedimiento de cancelación de notas.

  9. Disposición adicional segunda — Requerimientos técnicos

    La Jefatura de Servicios Técnicos de la Guardia Civil adoptará las medidas para diseñar e implantar en el sistema integral de gestión de recursos humanos lo recogido en este real decreto, en el momento de su entrada en vigor.

  10. Disposición transitoria primera — Adaptación del contenido de la hoja de servicios

    La Jefatura de Personal debe adaptar las hojas de servicios en un año. Durante ese plazo, se ajustan a lo previsto en el artículo tercero.

  11. Disposición transitoria segunda — Procesos iniciados con anterioridad

    Los procesos iniciados antes de la entrada en vigor siguen aplicando el Real Decreto 555/1989 sobre anotaciones desfavorables.

  12. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Queda derogado el Real Decreto 555/1989, de 19 de mayo, sobre anotación y cancelación de notas desfavorables en la documentación militar personal, en todo aquello que sea de aplicación a los miembros de la Guardia Civil.

  13. Disposición final primera — Título competencial

    Este real decreto se basa en la competencia exclusiva del Estado en Defensa, Fuerzas Armadas y Seguridad Pública, según la Constitución.

  14. Disposición final segunda — Facultad de desarrollo

    Se autoriza al Director General de la Guardia Civil para dictar las disposiciones necesarias para ejecutar y desarrollar este real decreto.

  15. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    El Real Decreto 232/2017, de 10 de marzo, sobre anotación y cancelación de notas desfavorables en la documentación del personal de la Guardia Civil, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
20 de marzo de 2017
Departamento
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales

Leyes en las que se basa

  • en cuanto a su aplicación a los miembros de la Guardia Civil, el Real Decreto 555/1989, de 19 de mayo BOE-A-1989-11630
  • el art. 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre BOE-A-1999-23750
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