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En vigorOrden

Orden ECD/1663/2016, de 11 de octubre, por la que se regulan las pruebas de acceso a la universidad de las personas mayores de 25 o de 45 años de edad, así como el acceso mediante acreditación de experiencia laboral o profesional, en el ámbito de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

También conocida como: O 1663/2016, O 1663/16
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17 de octubre de 2016·Ministerio de Educación, Cultura y Deporte·BOE-A-2016-9514
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica cómo acceder a la universidad a través de la UNED si tienes más de 25 o 45 años, o si quieres entrar mediante tu experiencia laboral.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

28
Artículos
1
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3
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (28 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    La orden regula las líneas generales de metodología, desarrollo, contenidos y criterios de valoración de las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 y 45 años, así como el acceso por acreditación de experiencia laboral o profesional en la UNED.

  2. Artículo 2 — Convocatoria

    La UNED convoca anualmente la prueba de acceso para mayores de 25 años. Solo pueden presentarse quienes hayan cumplido 25 años en el año natural de la prueba y no posean titulación académica que dé acceso a la universidad por otras vías.

  3. Artículo 3 — Estructura de la prueba

    Se aplican las normas de admisión de la UNED aprobadas por su Consejo de Gobierno, según la memoria de verificación de cada título.

  4. Artículo 4 — Elección de opciones en las fases general y específica de la prueba

    En la matrícula se indica la lengua extranjera y la opción específica, eligiendo dos materias de entre las ofertadas por la UNED para esa opción.

  5. Artículo 5 — Contenido y realización de la prueba

    La prueba consta de fase general (comentario de texto, lengua castellana y extranjera) y específica (asignaturas elegidas). Cada ejercicio dura una hora y se realiza en centros UNED.

  6. Artículo 6 — Elaboración de los ejercicios

    Los ejercicios los elaboran docentes especialistas de la UNED, que fijan criterios de corrección. La universidad garantiza el secreto en su elaboración.

  7. Artículo 7 — Calificación

    La nota final es la media de fases general y específica (0-10). Se supera con 5 puntos, requiriendo mínimo 4 en cada fase. Se puede repetir para mejorar nota.

  8. Artículo 8 — Reclamaciones y revisión de las calificaciones

    Contra la calificación se puede reclamar al Rector en 7 días naturales o solicitar revisión. Ninguno suspende los efectos académicos de la nota.

  9. Artículo 9 — Curso de orientación

    La UNED puede ofrecer un curso de orientación para mayores de 25 años. Su realización no es requisito académico para superar la prueba de acceso.

  10. Artículo 10 — Admisión a las enseñanzas de Grado ofertadas por la UNED

    Los mayores de 25 años superan la prueba tienen preferencia en las enseñanzas de Grado vinculadas a las opciones del artículo 3.3. Se aplican las normas de admisión aprobadas por el Consejo de Gobierno de la UNED.

  11. Artículo 11 — Convocatoria

    La UNED convoca anualmente la prueba para mayores de 45 años. Solo pueden concurrir quienes hayan cumplido 45 años en el año natural de la prueba y no posean titulación académica de acceso a la universidad.

  12. Artículo 12 — Estructura, contenido y realización de la prueba

    La prueba para mayores de 45 años es única con dos ejercicios de una hora cada uno: comentario de texto de actualidad y lengua castellana. Se realizan en los centros que determine la UNED según el calendario oficial.

  13. Artículo 13 — Calificación

    La calificación final es la media de los ejercicios (0-10). Se supera con 5 puntos finales y mínimo 4 en cada ejercicio. Se puede repetir la prueba para mejorar nota, tomando la calificación superior.

  14. Artículo 14 — Reclamaciones y revisión de las calificaciones

    Contra la calificación, se puede reclamar al Rector en 7 días naturales desde su publicación o solicitar revisión según el Consejo de Gobierno de la UNED. Esto no suspende los efectos académicos de la nota.

  15. Artículo 15 — Entrevista personal

    Tras superar la prueba de acceso, el candidato debe realizar una entrevista personal. Es obligatorio obtener la calificación de «apto» en esta entrevista para poder ser admitido en los estudios de Grado de la UNED.

  16. Artículo 16 — Curso de orientación

    La UNED puede impartir un curso de orientación para mayores de 45 años. El Consejo de Gobierno define su metodología. La realización o superación de este curso no es un requisito académico adicional para la prueba de acceso.

  17. Artículo 17 — Admisión en las enseñanzas de Grado ofertadas por la UNED

    Los candidatos que superen la prueba de acceso para mayores de 45 años se rigen por las normas de admisión a Grado aprobadas por el Consejo de Gobierno de la UNED, conforme a la memoria de verificación del plan de estudios.

  18. Artículo 18 — Convocatoria

    La UNED convoca anualmente el acceso por acreditación de experiencia laboral o profesional. El candidato selecciona la enseñanza de Grado. Solo pueden acceder quienes no tengan titulación habilitante y cumplan o hayan cumplido 40 años en el año de inicio del curso.

  19. Artículo 19 — Estructura del procedimiento de acceso

    El acceso consta de tres fases: 1) La UNED analiza la documentación y requisitos. 2) Valora los méritos y experiencia laboral según el título. 3) Realiza una entrevista personal solo a quienes superen las fases anteriores.

  20. Artículo 20 — Calificación

    Se considera apto al candidato que realice la entrevista personal y reciba la calificación de «apto» para los estudios seleccionados.

  21. Artículo 21 — Reclamaciones

    El candidato puede reclamar ante el Rector en 7 días naturales desde la publicación de resultados. La reclamación no suspende los efectos académicos.

  22. Artículo 22 — Admisión a las enseñanzas de grado ofertadas por la UNED

    La prueba tiene fase general (texto, castellano, lengua extranjera) y específica (Artes, Ciencias, Salud, Sociales, Ingeniería).

  23. Disposición adicional primera — Personas con discapacidad

    Los candidatos con discapacidad que justifiquen su situación al inscribirse tienen derecho a medidas de igualdad en las pruebas, según el artículo 21 del Real Decreto 412/2014.

  24. Disposición adicional segunda — Referencias genéricas

    Las referencias en masculino genérico en esta orden se entienden aplicables indistintamente a mujeres y hombres.

  25. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Queda derogada la Orden ECD/1719/2004, de 13 de abril, que regulaba la prueba de acceso a la universidad de los mayores de 25 años en la UNED.

  26. Disposición final primera — Aplicación

    Se habilita al Secretario de Estado de Educación y al Secretario General de Universidades para dictar instrucciones de aplicación y modificar los anexos de esta orden, previo informe de la UNED.

  27. Disposición final segunda — Calendario de implantación

    La Orden ECD/1663/2016 se aplica para el acceso a la UNED a partir del curso académico 2016-2017.

  28. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    La Orden ECD/1663/2016 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
17 de octubre de 2016
Departamento
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Leyes en las que se basa

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