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En vigorInstrucción

Resolución de 25 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establecen las condiciones de uso de la plataforma FACe-Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado

Ver en BOE
28 de junio de 2014·Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas·BOE-A-2014-6787
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula el uso de la plataforma FACe para que empresas y proveedores puedan enviar sus facturas electrónicas a la Administración pública.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

3
Artículos
1
Versiones
6
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (2 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. 1

    Se publica en el BOE la Resolución que establece las condiciones de uso de la plataforma FACe para facturas electrónicas, conforme a la Ley 25/2013 y la Orden HAP/1074/2014.

  2. 2

    Las condiciones de uso de la plataforma FACe se publican también en la web http://www.face.gob.es y en el Centro de Transferencia de Tecnología de la Administración General del Estado.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
28 de junio de 2014
Departamento
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Notas oficiales

Efectos desde el 29 de junio de 2014.

Leyes en las que se basa

cobrar contratos públicosenviar facturas al estadofactura electrónicafacturación a organismos públicosgestión de facturas administraciónplataforma FACe