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En vigorInstrucción

Resolución de 7 de mayo de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establece el procedimiento de aprobación y gestión de listas de candidatos a personal funcionario interino de los Cuerpos de la Administración General del Estado, cuya selección se encomienda a la Comisión Permanente de Selección

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23 de mayo de 2014·Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas·BOE-A-2014-5443
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica cómo se crean y gestionan las listas de personas para trabajar como funcionarios interinos en la Administración General del Estado.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Primero. Objeto

    La Resolución establece procedimientos ágiles para seleccionar y nombrar funcionarios interinos en cuerpos cuya selección encomienda a la Comisión Permanente de Selección, respetando igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

  2. Segundo. Aprobación de las listas de candidatos

    La Comisión Permanente elabora listas provinciales con puntuación suficiente. Los candidatos pueden cambiar de provincia. Validez hasta nuevas listas. Se exigen requisitos de convocatoria.

  3. Tercero. Gestión y selección de las listas de candidatos

    Las Delegaciones gestionan listas por orden y puntuación. Plazo 3 días para documentación. Decae quien rechace o no presente docs. Rotatorio. Exclusión por renuncia tras posesión. Mínimo 6 meses acumulado.

  4. Cuarto. Nombramiento de funcionarios interinos

    Las Delegaciones del Gobierno proponen el nombramiento de funcionarios interinos seleccionados. Si faltan requisitos, se anulan las actuaciones. El candidato debe tomar posesión en 3 días naturales; de lo contrario, se entiende que renuncia al nombramiento y a su derecho en las listas.

  5. Quinto. Recursos

    Contra esta Resolución se puede interponer recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en un mes, o recurso contencioso-administrativo ante el TSJ de Madrid o del domicilio en dos meses.

  6. Disposición derogatoria única

    Se deroga la Resolución de 24 de febrero de 2009 sobre aprobación y gestión de listas de candidatos a personal funcionario interino de la Administración General del Estado.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
23 de mayo de 2014
Departamento
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Leyes en las que se basa

  • el art. 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril BOE-A-2007-7788
  • la Resolución de 24 de febrero de 2009 BOE-A-2009-3282
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