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En vigorDecreto urgente

Real Decreto-ley 14/1976, de 10 de agosto, por el que se crea el Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública

También conocida como: RDL 14/1976, RDL 14/76
Ver en BOE
13 de agosto de 1976·Jefatura del Estado·BOE-A-1976-15545
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula la creación y organización del Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública para el personal funcionario del Estado.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (10 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo primero

    Se crea el Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública, dependiente del Ministerio de Hacienda, con una plantilla presupuestaria fija de 4.500 plazas.

  2. Artículo segundo

    Los Presupuestos Generales del Estado dotan 3.000 plazas este ejercicio y aumentan 500 cada 1 de enero siguiente, especificando especialidades.

  3. Artículo tercero

    El Cuerpo de Gestión realiza liquidación, contabilidad, tesorería e inspección auxiliar. Se estructura en: Gestión y Liquidación, Contabilidad, Inspección auxiliar y Gestión aduanera.

  4. Artículo cuarto

    El ingreso es por oposición libre con título mercantil o universitario. Se reserva hasta el 50% de plazas para concurso-oposición restringido a funcionarios del Ministerio de Hacienda.

  5. Disposición transitoria primera

    Funcionarios de Contadores y Aduanas pueden integrarse solicitándolo en 3 meses desde la publicación, superando pruebas del Ministerio de Hacienda.

  6. Disposición transitoria segunda

    Funcionarios del Cuerpo General Administrativo del Ministerio de Hacienda con título de Bachiller superior pueden integrarse en el Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública, superando pruebas selectivas y de formación. La solicitud debe realizarse en un plazo de tres meses.

  7. Disposición transitoria cuarta

    En las tres primeras oposiciones al Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública, pueden concurrir quienes tengan título de Bachiller superior y hayan participado en oposiciones a Contadores del Estado y Administrativo de Aduanas. Se reserva hasta el 25% de plazas para funcionarios de carrera del Ministerio de Hacienda con dicha titulación mediante concurso-oposición restringido. Los opositores que hubieran aprobado ejercicios para ingreso en los Cuerpos de Contadores del Estado y Administrativos de Aduanas, considerados válidos para convocatorias sucesivas, se les respetará tal derecho en la medida que lo permitan las pruebas de selección que se establezcan para el ingreso en el Cuerpo Especial de Gestión y en la forma que se determine por el Ministerio de Hacienda.

  8. Disposición final primera

    El Ministerio de Hacienda habilitará los créditos necesarios para la ejecución del Real Decreto-ley y efectuará las transferencias de crédito que sean necesarias en el capítulo primero del Presupuesto de Gastos del Estado.

  9. Disposición final segunda

    Se autoriza al Gobierno y, en su caso, al Ministro de Hacienda, para dictar las disposiciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Real Decreto-ley.

  10. Disposición final tercera

    El Real Decreto-ley entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Se dará cuenta inmediata de esta norma a las Cortes.

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
En vigor
Publicación
13 de agosto de 1976
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • el art. 13 de la Ley Constitutiva de las Cortes, texto refundido aprobado por Decreto 779/1967, de 20 de abril BOE-A-1967-40312

Leyes que la modifican

  • asignando Coeficiente 3,3 al Cuerpo citado: Real Decreto 1915/1976, de 10 de agosto BOE-A-1976-15547
  • la disposición transitoria cuarta, por la Resolución de 3 de abril de 1979 BOE-A-1979-11831
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