Orden PRE/1838/2014, de 8 de octubre, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 19 de septiembre de 2014, por el que se aprueba Cl@ve, la plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal para la identificación, autenticación y firma electrónica mediante el uso de claves concertadas
También conocida como: O 1838/2014, O 1838/14Es el sistema que te permite identificarte y firmar trámites con la Administración de forma segura usando una clave personal en lugar de certificados.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Primero. Aprobación del sistema Cl@ve
Se aprueba Cl@ve como sistema común de identificación y firma electrónica para el Sector Público Administrativo Estatal. Ofrece interfaz amigable. La información y organismos adheridos se publican en www.060.gob.es y sedes electrónicas.
Segundo. Órganos responsables de su aplicación y garantías de funcionamiento
La Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones dirige Cl@ve. Participan la Agencia Tributaria, la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, la Dirección General de la Policía y la FNMT-RCM. Estas entidades tratan datos conforme a la Ley Orgánica 15/1999, garantizando la c
Tercero. Descripción general del sistema Cl@ve
El registro es telemático o presencial. Existen Cl@ve ocasional (validez limitada) y permanente (validez duradera). Permite firmar documentos electrónicos. Ofrece el Documento Nacional de Identidad Electrónico para identificación, autenticación y firma.
Cuarto. Aplicación del sistema
Las sedes electrónicas deben ofrecer al menos un sistema Cl@ve. Otras Administraciones pueden adherirse. Inicialmente, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social son Oficinas de Registro. El sistema debe habilitarse antes del 31 de diciembre de 2015, excluyendo servicios que requieran certificados.
Quinto. Prescripciones técnicas
La Dirección de Tecnologías establece mediante resolución las prescripciones técnicas para Cl@ve: elementos tecnológicos, procedimientos de registro, condiciones para otras Administraciones, imputación de costes y cuestiones para asegurar funcionamiento e interoperabilidad.
Sexto. No incremento del gasto público
La aplicación de las medidas del acuerdo se ejecutará sin incremento del gasto público.
Séptimo. Efectos
El Acuerdo se publica en el «Boletín Oficial del Estado», en el Portal www.060.gob.es y en las sedes electrónicas de los órganos y organismos de aplicación. Produce efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Información general
Temas
Notas oficiales
Efectos desde el 10 de octubre de 2014.
Leyes en las que se basa
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre BOE-A-1999-23750
- Ley 11/2007, de 22 de junio BOE-A-2007-12352
- Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre BOE-A-2009-18358
Leyes que la modifican
- con el apartado 5, y establece las prescripciones ténicas prara el sistema Cl@ve: Resolución de 14 de diciembre de 2015 BOE-A-2015-14215
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