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En vigorOrden

Orden DEF/1414/2011, de 20 de mayo, por la que se regula la codificación y el registro de las radiobalizas militares, personales y de aviación, del Sistema Cospas-Sarsat

También conocida como: O 1414/2011, O 1414/11
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31 de mayo de 2011·14 de octubre de 2013·Ministerio de Defensa·BOE-A-2011-9450
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula cómo se registran y controlan las radiobalizas de emergencia usadas por el ejército para facilitar el rescate en caso de accidente.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

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  1. Artículo 1 — Objeto

    Esta orden regula la codificación y el registro de las radiobalizas de emergencia militares de 406 MHz (personales y de aviación) del Sistema Cospas/Sarsat.

  2. Artículo 2 — Ámbito de aplicación

    La Orden DEF/1414/2011, de 20 de mayo, sobre codificación y registro de radiobalizas militares, personales y de aviación del Sistema Cospas-Sarsat, es de aplicación en las Fuerzas Armadas y en la Guardia Civil.

  3. Artículo 3 — Definiciones

    Define términos: Cospas/Sarsat, ELT, PLB, EPIRB, MCC, RCC, alertas y códigos de identificación de 15 caracteres hexadecimales.

  4. Artículo 4 — Codificacion de las radiobaliza de 406 MHz (ELT, PLB)

    La codificación usa el Protocolo de Localización Nacional. El bit 42 es '0' para Defensa. En excepciones, se usa protocolo estándar y se suministra la codificación a la JESAR.

  5. Artículo 5 — Criterios de empleo

    El Estado Mayor del Ejército del Aire elabora y comunica a los Cuarteles Generales del Ejército de Tierra, Armada, Policía y Guardia Civil los criterios de empleo operativo de las radiobalizas militares (ELT, PLB) en paz, crisis o guerra.

  6. Artículo 6 — Radiobaliza del tipo ELT y PLB

    Las radiobalizas ELT son parte del equipo de aeronaves militares, salvo excepciones operativas. Las PLB pueden sustituir a las ELT en determinadas aeronaves, condicionado a la misión a desarrollar.

  7. Artículo 7 — Prueba de equipos

    La comprobación del funcionamiento de las radiobalizas debe realizarse en modo auto-test. Las pruebas en modo operacional solo se solicitan por motivos excepcionales, según los procedimientos del Sistema Cospas/Sarsat.

  8. Artículo 8 — Mantenimiento

    Las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil son responsables del mantenimiento y buen funcionamiento de sus radiobalizas.

  9. Artículo 9 — Órganos con competencia sobre las radiobalizas militares

    La Jefatura del Servicio de Búsqueda y Salvamento (JESAR) del Ejército del Aire gestiona la codificación y registro oficial de radiobalizas PLB y ELT. La Oficina de Registro de la JESAR realiza el control. Los RCC del Ejército del Aire son puntos de contacto en España.

  10. Artículo 10 — Procedimiento de registro

    Las radiobalizas militares deben registrarse en la JESAR. Se solicita código, se actualizan datos y se notifica la activación no justificada al RCC.

  11. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual e inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta orden ministerial.

  12. Disposición final primera — Facultades de desarrollo

    El Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire tiene la facultad de desarrollar lo dispuesto en la Orden DEF/1414/2011, de 20 de mayo, sobre la codificación y registro de radiobalizas militares, personales y de aviación del Sistema Cospas-Sarsat.

  13. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Orden DEF/1414/2011 entra en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
31 de mayo de 2011
Departamento
Ministerio de Defensa

Leyes en las que se basa

  • el anexo.k del Reglamento 859/2008, de 20 de agosto DOUE-L-2008-81863

Leyes que la modifican

  • el art. 4, por Orden DEF/1861/2013, de 9 de octubre BOE-A-2013-10646
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