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Resolución de 19 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se aprueba la Norma Técnica de Interoperabilidad de Digitalización de Documentos

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30 de julio de 2011·Ministerio de Política Territorial y Administración Pública·BOE-A-2011-13168
Resumen en lenguaje sencillo

Establece las reglas para que los documentos en papel que escaneas tengan la misma validez legal que los originales al hacer trámites por internet.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

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  1. Resolución de 19 de julio de 2011, de la secretaría de estado para la función pública, por la que se aprueba la norma técnica de interoperabilidad de digitalización de documentos — Primero

    Se aprueba la Norma Técnica de Interoperabilidad de Digitalización de Documentos, cuyo texto se incluye a continuación en la Resolución de 19 de julio de 2011 de la Secretaría de Estado para la Función Pública.

  2. Resolución de 19 de julio de 2011, de la secretaría de estado para la función pública, por la que se aprueba la norma técnica de interoperabilidad de digitalización de documentos — Segundo

    La Norma Técnica de Interoperabilidad de Digitalización de Documentos se aplica desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

  3. I. Objeto

    La norma establece los requisitos para digitalizar documentos en papel o soporte no electrónico mediante medios fotoeléctricos.

  4. II. Ámbito de aplicación

    La norma se aplica a la digitalización de documentos en el ámbito del Esquema Nacional de Interoperabilidad de la Administración Electrónica.

  5. III. Documentos electrónicos digitalizados

    El documento digitalizado incluye imagen electrónica, metadatos mínimos y firma si procede. Para ser copia auténtica, cumple requisitos de la Norma de Procedimientos de Copiado Auténtico.

  6. IV. Requisitos de la imagen electrónica

    La imagen electrónica debe tener 200 píxeles por pulgada (blanco, color o grises), respetar la geometría del original y no incluir elementos ajenos al documento origen.

  7. V. Proceso de digitalización

    La digitalización usa medios fotoeléctricos, optimiza la imagen, asigna metadatos y firma si procede. Incluye mantenimiento preventivo para garantizar fidelidad al original.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
30 de julio de 2011
Departamento
Ministerio de Política Territorial y Administración Pública

Notas oficiales

Aplicable desde el 31 de julio de 2011.

Leyes en las que se basa

administración electrónicacopia auténticadigitalizar documentosgestión de archivos públicostrámites onlinetrámites sin papelvalidez documentos electrónicos