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Resolución de 3 de octubre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Norma Técnica de Interoperabilidad de Catálogo de estándares

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31 de octubre de 2012·Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas·BOE-A-2012-13501
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece los formatos y estándares técnicos que deben usar las administraciones para que sus servicios digitales funcionen correctamente.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

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  1. Resolución de 3 de octubre de 2012, de la secretaría de estado de administraciones públicas, por la que se aprueba la norma técnica de interoperabilidad de catálogo de estándares — Primero

    Se aprueba la Norma Técnica de Interoperabilidad de Catálogo de estándares, cuyo texto completo se incluye a continuación en la Resolución de 3 de octubre de 2012.

  2. Resolución de 3 de octubre de 2012, de la secretaría de estado de administraciones públicas, por la que se aprueba la norma técnica de interoperabilidad de catálogo de estándares — Segundo

    La norma se aplica desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

  3. I. Objeto

    La norma establece estándares para cumplir el Esquema Nacional de Interoperabilidad en la Administración Electrónica.

  4. II. Ámbito de aplicación

    Esta norma técnica se aplica en el ámbito establecido en el artículo 3 del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero.

  5. III. Catálogo de estándares

    El Catálogo incluye estándares por categorías, aplica criterios del RD 4/2010, recoge los mínimos para interoperabilidad e indica su estado (Admitido o En abandono).

  6. IV. Uso de los estándares

    Cada administración selecciona estándares adecuados a sus necesidades, publica los usados y puede usar otros formatos si es necesario para el valor probatorio.

  7. V. Revisión y actualización del Catálogo de estándares

    El Catálogo se revisa anualmente mediante encuestas, eliminación de estándares obsoletos, actualización de versiones, identificación de nuevos estándares y valoración de necesidades.

  8. ANEXO

    La Resolución de 3 de octubre de 2012 aprueba el Catálogo de estándares. Incluye atributos como cadena de interoperabilidad, categoría, nombre, tipo, versión mínima, extensión y estado (admitido o en abandono) para cada estándar.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
31 de octubre de 2012
Departamento
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Notas oficiales

Aplicable desde el 1 de noviembre de 2012.

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • en BOE núm. 15 de 17 de enero de 2013 BOE-A-2013-455
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