Real Decreto 302/2010, de 15 de marzo, por el que se establece la separación de juzgados de primera instancia y juzgados de instrucción en los partidos judiciales de Orihuela (Alicante), Gandía y Torrent (Valencia)
También conocida como: RD 302/2010, RD 302/10Esta norma organiza los juzgados de Orihuela, Gandía y Torrent para separar los casos civiles de los penales y mejorar la atención al ciudadano.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Objeto
El real decreto separa juzgados de primera instancia e instrucción en Orihuela, Gandía y Torrent, modificando la planta judicial.
Artículo 2 — Separación de juzgados de primera instancia e instrucción en juzgados de primera instancia y de instrucción
La separación de juzgados en Orihuela, Gandía y Torrent es efectiva el 1 de abril de 2010, con la distribución detallada en el anexo.
Artículo 3 — Relaciones de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia
El personal de los nuevos órganos judiciales mantiene su relación de puestos de trabajo inicial al momento de la separación.
Disposición adicional única — Modificación del anexo VI –Juzgados de primera instancia e instrucción– de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial
Se modifica el anexo VI de la Ley 38/1988 para separar juzgados de primera instancia e instrucción en Orihuela, Gandía y Torrent.
Disposición final primera — Título competencial
El Estado tiene competencia exclusiva en Administración de Justicia según el artículo 149.1.5ª de la Constitución.
Disposición final segunda — Habilitación
Se habilita al Ministro de Justicia para adoptar las medidas necesarias en su ámbito de competencia para ejecutar este real decreto.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
El Real Decreto 302/2010, de 15 de marzo, que establece la separación de juzgados de primera instancia y de instrucción en los partidos judiciales de Orihuela (Alicante), Gandía y Torrent (Valencia), entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
ANEXO VI
El anexo VI detalla la distribución de juzgados en Alicante y Valencia, sumando 2.293 en total nacional.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre BOE-A-1988-29622
Leyes que la modifican
- sobre separación de jurisdicciones entre Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción para el traspaso de competencias entre ellos en el partido judicial de Torrent: Acuerdo de 22 de julio de 2010 BOE-A-2010-12575
- añadiendo el anexo VI, en BOE num. 84 de 7 de abril de 2010 BOE-A-2010-5545
- sobre separación de jurisdicciones entre Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción para el traspaso de competencias entre ellos en el partido judicial de Orihuela: Acuerdo de 22 de abril de 2010 BOE-A-2010-7476
- sobre separación de jurisdicciones entre Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción para el traspaso de competencias entre ellos en el partido judicial de Gandía: Acuerdo de 22 de abril de 2010 BOE-A-2010-7477
- sobre separación de jurisdicciones entre Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción para el traspaso de competencias entre ellos en el partido judicial de Torrent: Acuerdo de 22 de abril de 2010 BOE-A-2010-7478
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