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En vigorReal Decreto

Real Decreto 1564/2010, de 19 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz básica de planificación de protección civil ante el riesgo radiológico

También conocida como: RD 1564/2010, RD 1564/10
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20 de noviembre de 2010·21 de junio de 2023·Ministerio del Interior·BOE-A-2010-17808
Resumen en lenguaje sencillo

Establece cómo deben organizarse las autoridades para protegernos y evacuarnos en caso de accidente en una central o instalación nuclear.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (10 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Aprobación de la Directriz Básica

    Se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo Radiológico, cuyo texto se adjunta al Real Decreto 1564/2010, de 19 de noviembre.

  2. Artículo 2 — Creación del Comité Estatal de Coordinación

    Se crea el CECO, presidido por la Subsecretaría del Interior. Coordina recursos civiles e internacionales. Sus funciones incluyen preparar el Plan Estatal. Se rige por la Ley 30/1992, con plazos reducidos en emergencias.

  3. Artículo 3 — Catálogo nacional de instalaciones o actividades que puedan dar lugar a situaciones de emergencia por riesgo radiológico

    El Consejo de Seguridad Nuclear elabora un Catálogo nacional de instalaciones con riesgo radiológico. Incluye titular, ubicación, actividad y características de fuentes. La Dirección General de Protección Civil gestiona el acceso.

  4. Artículo 4 — Criterios y recomendaciones aplicables a emergencias por riesgo radiológico

    El Consejo de Seguridad Nuclear colabora en planes, coordina respuesta y propone medidas. Elabora guías técnicas sobre protección radiológica. ENRESA apoya al sistema de protección civil según requieran el Consejo o el Ministerio.

  5. Artículo 5 — Notificación de incidentes

    El titular de la instalación debe informar con celeridad de incidentes a las Comunidades Autónomas, Delegaciones del Gobierno y al Consejo de Seguridad Nuclear, según los procedimientos establecidos.

  6. Artículo 6 — Planificación y dirección de emergencias

    Las Administraciones Públicas elaboran planes de protección civil radiológica. La dirección de la emergencia corresponde al órgano del Plan de Comunidad Autónoma, salvo que sea de interés nacional, en cuyo caso la dirige el Ministro del Interior o su delegado.

  7. Disposición final primera — Título competencial

    Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.29.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia en materia de seguridad pública.

  8. Disposición final segunda — Habilitación normativa

    Se habilita al Ministro del Interior, con informes del Consejo de Seguridad Nuclear y la Comisión Nacional de Protección Civil, para modificar la Directriz Básica si cambian normas internacionales publicadas en el BOE o se requieren ajustes en niveles de intervención y zonas de actuación.

  9. Disposición final tercera — Plazos

    El Consejo de Seguridad Nuclear elaborará el Catálogo nacional de instalaciones con riesgo radiológico y la guía técnica en el plazo máximo de un año tras la entrada en vigor del real decreto.

  10. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    El real decreto y la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo Radiológico entran en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
20 de noviembre de 2010
Departamento
Ministerio del Interior

Leyes en las que se basa

  • Real Decreto 407/1992, de 24 de abril BOE-A-1992-9364
  • Directiva 89/618/EURATOM, de 27 de noviembre de 1989 DOUE-L-1989-81335

Leyes que la modifican

  • el apartado 5, por Real Decreto 1276/2011, de 16 de septiembre BOE-A-2011-14812
  • y aprueba el plan estatal ante el riesgo radiológico: Real Decreto 1054/2015, de 20 de noviembre BOE-A-2015-12571
  • los apartados 4.b) del título I, 1.1.1 del título III y 1.b) del título IV de la directriz, por Real Decreto 734/2019, de 20 de diciembre BOE-A-2020-46
  • en la forma indicada, por Real Decreto 524/2023, de 20 de junio BOE-A-2023-14679
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