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Ya no está en vigorotro

Instrucción de 5 de octubre de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución

Ver en BOE
7 de octubre de 2010·1 de mayo de 2025·Ministerio de Justicia·BOE-A-2010-15317
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica cómo inscribir en el Registro Civil a los hijos nacidos en el extranjero mediante gestación por sustitución.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículos
3
Versiones
5
Categorías

Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Información general

Tipo de ley
Otro
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
7 de octubre de 2010
Departamento
Ministerio de Justicia

Leyes en las que se basa

  • art. 9 de la Ley del Registro Civil, de 8 de junio de 1957 (Gazeta) BOE-A-1957-7537
  • art. 10.3 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo BOE-A-2006-9292
  • art. 7 del Real Decreto 1125/2008, de 4 de julio BOE-A-2008-11579

Leyes que la modifican

filiación de hijosgestación subrogadainscribir bebé nacido en el extranjeropadres por gestación por sustituciónreconocimiento de hijosregistro civiltrámites para bebés nacidos fuera de España