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Ya no está en vigorOrden

Orden ITC/69/2010, de 18 de enero, por la que se desarrolla lo establecido en el artículo 10.7 del Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales

También conocida como: O 69/2010, O 69/10
Ver en BOE
26 de enero de 2010·Ministerio de Industria, Turismo y Comercio·BOE-A-2010-1175
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula cómo deben funcionar los talleres autorizados para instalar, revisar y controlar los tacógrafos digitales de los vehículos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículos
1
Versiones
8
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
26 de enero de 2010
Departamento
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Notas oficiales

Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Real Decreto 125/2017, de 24 de febrero, BOE-A-2017-1935

Leyes en las que se basa

  • el anexo I del Real Decreto 425/2005, de 15 de abril BOE-A-2005-6122
  • el Reglamento (CE) 1360/2002, de 13 de junio DOUE-L-2002-81422

Leyes que la modifican

  • en BOE núm. 242, de 6 de octubre de 2010 BOE-A-2010-15288
  • en BOE num. 53 de 2 de marzo de 2010 BOE-A-2010-3371
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