Orden ITC/69/2010, de 18 de enero, por la que se desarrolla lo establecido en el artículo 10.7 del Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales
También conocida como: O 69/2010, O 69/10Esta norma regula cómo deben funcionar los talleres autorizados para instalar, revisar y controlar los tacógrafos digitales de los vehículos.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Información general
Temas
Notas oficiales
Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Real Decreto 125/2017, de 24 de febrero, BOE-A-2017-1935
Leyes en las que se basa
- el anexo I del Real Decreto 425/2005, de 15 de abril BOE-A-2005-6122
- el Reglamento (CE) 1360/2002, de 13 de junio DOUE-L-2002-81422
Leyes que la modifican
- en BOE núm. 242, de 6 de octubre de 2010 BOE-A-2010-15288
- en BOE num. 53 de 2 de marzo de 2010 BOE-A-2010-3371
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