Saltar al contenido
← Volver
En vigorOrden

Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios

También conocida como: O 1718/2010, O 1718/10
Ver en BOE
29 de junio de 2010·29 de mayo de 2026·Ministerio de Economía y Hacienda·BOE-A-2010-10315
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma obliga a los bancos a que su publicidad sea clara, veraz y fácil de entender para que no te engañen al contratar productos financieros.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

9
Artículos
4
Versiones
6
Categorías

Qué ha cambiado

3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    La orden establece normas para la publicidad de productos y servicios bancarios y habilita al Banco de España para su desarrollo.

  2. Artículo 2 — Definición de actividad publicitaria

    Se considera publicidad bancaria toda comunicación de productos o servicios por cualquier medio. Quedan excluidas: campañas corporativas genéricas, contenidos necesarios para la contratación en webs y páginas operativas específicas.

  3. Artículo 3 — Ámbito de aplicación

    La orden aplica a entidades de crédito, financieras, de pago y prestamistas inmobiliarios que operen en España. Incluye españolas, extranjeras y de la UE mediante sucursal, agente o libre prestación de servicios.

  4. Artículo 4 — Normas, principios y criterios generales. Políticas de comunicación comercial

    La publicidad bancaria debe ser clara, objetiva y no engañosa, indicando explícitamente su carácter publicitario. El Banco de España fija criterios de contenido y difusión. Las entidades deben tener políticas de comunicación y controles internos para proteger a la clientela. La publicidad de depósit

  5. Artículo 5 — Control de la publicidad y régimen sancionador

    El Banco de España puede exigir cesar o rectificar publicidad bancaria no ajustada a la norma, incluyendo advertencias. La documentación se guarda en registro interno. Los requerimientos son posibles durante la campaña y hasta 6 meses después. Las infracciones conllevan responsabilidad sancionadora.

  6. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Se deroga el capítulo III de la Orden de 12 de diciembre de 1989 sobre tipos de interés y publicidad de entidades de crédito. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente norma.

  7. Disposición adicional única — Actividad publicitaria de las entidades de pago

    La publicidad de servicios de pago de entidades de pago reguladas por la Ley 16/2009 está sujeta a esta norma, excepto lo previsto en su artículo 4.3.

  8. Disposición final primera — Habilitación normativa

    Se habilita al Banco de España para dictar las normas precisas necesarias para el desarrollo y la ejecución de esta orden de regulación de la publicidad bancaria.

  9. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, sobre publicidad de servicios y productos bancarios, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
29 de junio de 2010
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • los arts. 3 y 4.5, por Orden ECE/482/2019, de 26 de abril BOE-A-2019-6301
  • el art. 4, por Orden ETD/699/2020, de 24 de julio BOE-A-2020-8583
  • el art. 4, por Orden ECM/531/2026, de 27 de mayo BOE-A-2026-11586
anuncios de bancoscomisiones bancariasderechos del cliente bancariohipotecas engañosasofertas de préstamosprotección al consumidorpublicidad bancariatransparencia bancaria