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En vigorReal Decreto

Real Decreto 1036/2009, de 29 de junio, por el que se crea la Orden Civil del Mérito Medioambiental

También conocida como: RD 1036/2009, RD 1036/09
Ver en BOE
23 de julio de 2009·Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino·BOE-A-2009-12205
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma crea una distinción oficial para premiar a personas o entidades que destacan por su labor en la protección y mejora del medio ambiente.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

6
Artículos
1
Versiones
4
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Orden Civil del Mérito Medioambiental

    Se crea la Orden Civil del Mérito Medioambiental para premiar servicios eminentes o destacada actuación en conservación de la naturaleza, lucha contra el cambio climático, calidad ambiental, sostenibilidad de recursos hídricos y defensa del medio ambiente.

  2. Artículo 2 — Categorías

    Categorías: Gran Cruz, Encomienda de Número, Encomienda, Cruz de Oficial, Cruz y Medalla de Bronce. Existe además la Placa al Mérito Medioambiental (oro, plata o bronce) para corporaciones, instituciones o personas jurídicas públicas o privadas.

  3. Artículo 3 — Concesión

    La Gran Cruz y la Placa al Mérito en categoría de oro se conceden por real decreto publicado en el BOE. Las restantes categorías se conceden por orden del titular del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

  4. Disposición adicional única — Condecoraciones a personas físicas o jurídicas extranjeras

    Para personas físicas o jurídicas extranjeras, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino consultará al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación sobre el oportuno beneplácito de la propuesta de distinción.

  5. Disposición final primera — Facultad de desarrollo

    Se faculta al titular del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino para dictar el Reglamento de la Orden Civil del Mérito Medioambiental y para el desarrollo y aplicación del presente real decreto.

  6. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    El Real Decreto 1036/2009, de 29 de junio, que crea la Orden Civil del Mérito Medioambiental, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
23 de julio de 2009
Departamento
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Leyes en las que se basa

  • Real Decreto 421/1987 de 27 de febrero BOE-A-1987-7918
  • el Real Decreto 432/2008, de 12 de abril BOE-A-2008-6522

Leyes que la modifican

condecoraciones públicascuidado del planetadistinción mérito ambientalpremios medio ambienteprotección naturalezareconocimiento ecología