Resolución de 29 de febrero de 2008, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se establece el Rol de Despacho y Dotación para los buques pesqueros y auxiliares de pesca
Esta norma regula los documentos y la tripulación mínima obligatoria que deben llevar los barcos de pesca y sus embarcaciones auxiliares.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
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- 1 de abril de 2008Reforma BOE-A-2008-5879Ver qué cambió →
- 1 de abril de 2008Versión original BOE-A-2008-7709
Artículo por artículo
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1. Ámbito de aplicación
La Resolución de 29 de febrero de 2008 de la Dirección General de la Marina Mercante aplica exclusivamente a los buques de las Listas Tercera y Cuarta que se despachen por tiempo desde puertos nacionales.
2. Del Rol
El Rol de los buques de las Listas Tercera y Cuarta se sustituye por un modelo con soporte informático, cuyos datos se almacenan en el sistema de la Dirección General de la Marina Mercante.
3. Formato del Rol
El Rol es una carpeta DIN-A4 con tres secciones: asientos obligatorios, despacho y enroles/desenroles, y hojas para autodespacho en fuerza mayor o arribada.
4. Documentación para el Despacho
Para el despacho se requiere: solicitud de instancia, declaración del Capitán, lista de tripulantes y, si hay enroles/desenroles, Libreta Marítima, de Identidad o Certificado de embarque.
5. Resolución del Despacho
Tras presentar la solicitud y registrar los enroles/desenroles en el sistema de la Dirección General de la Marina Mercante, el sistema imprime la autorización de despacho.
Disposición adicional — Despacho y enroles o desenroles en casos excepcionales
Por fallos informáticos, se aplica el art. 21.3 del Reglamento sobre Despacho. Enroles urgentes en día inhábil se comunican el primer hábil. Fuerza mayor se anota en papel y se introduce en el sistema en el siguiente despacho nacional.
Disposición transitoria única — Sustitución del Rol
La sustitución del Rol por el nuevo modelo es paulatina por las Capitanías Marítimas. Los antiguos se anulan y siguen en uso hasta su sustitución total.
Disposición derogatoria única — Derogatoria
Se deroga la Resolución de 13 de febrero de 2004, de la Dirección General de la Marina Mercante, que aprobaba el modelo anterior de Rol de Despacho y Dotación para buques de Pesca.
Disposición final única — Entrada en vigor
La Resolución de 29 de febrero de 2008, sobre el Rol de Despacho y Dotación para buques pesqueros y auxiliares, es aplicable el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la Orden de 18 de enero de 2000 BOE-A-2000-2108
- la Resolución de 13 de febrero de 2004 BOE-A-2004-3628
Leyes que la modifican
- en BOE núm. 105, de 1 de mayo de 2008 BOE-A-2008-7709
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