Real Decreto 1574/2007, de 30 de noviembre, por el que se regula el Observatorio de la Lectura y el Libro
También conocida como: RD 1574/2007, RD 1574/07Este decreto crea un organismo encargado de estudiar y promover la lectura y el sector del libro en España para mejorar el acceso a la cultura.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (13 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto, naturaleza y adscripción del Observatorio de la Lectura y el Libro
El Observatorio de la Lectura y el Libro analiza la situación del libro, lectura y bibliotecas. Promueve colaboración, asesora y elabora informes. Es un órgano colegiado adscrito al Ministerio de Cultura.
Artículo 2 — Funciones
El Observatorio asesora, analiza información pública y privada, fomenta colaboración, formula propuestas, colabora con otros observatorios y elabora un informe anual sobre hábitos de lectura y bibliotecas.
Artículo 3 — Composición del Observatorio de la Lectura y el Libro
El Observatorio de la Lectura y el Libro lo preside el Ministro de Cultura y lo preside el Presidente del Consejo de Cooperación Bibliotecaria. Lo forman directores generales de Cultura, Educación, Estadística y Biblioteca Nacional, subdirectores de Cultura, Educación e Industria, representantes de
Artículo 4 — Funcionamiento
El Observatorio de la Lectura y el Libro puede funcionar en Pleno, Comité técnico y en grupos de trabajo para cumplir sus funciones.
Artículo 5 — Pleno
El Pleno aprueba el programa anual, reglamento interno, memoria y directrices. La Secretaría corre a cargo de un funcionario del Ministerio de Cultura designado por el Presidente del Pleno.
Artículo 6 — Comité Técnico. Composición
El Comité Técnico lo preside un representante del Ministerio de Cultura. Incluye representantes de Educación, Industria, sector libro y tres expertos. La Secretaría la ejerce quien hace la del Pleno.
Artículo 7 — Comité Técnico. Funciones
El Comité Técnico eleva al Pleno líneas de estudio sobre lectura, libro y bibliotecas. Elabora el reglamento interno del Observatorio. El Pleno puede asignarle otras funciones.
Artículo 8 — Grupos de trabajo
Se crean grupos de trabajo sobre industria del libro, promoción de lectura, bibliotecas, propiedad intelectual y otros temas. Elaboran informes y recomendaciones para el Pleno y Comité Técnico.
Artículo 9 — Régimen de sesiones
Pleno y Comité Técnico se reúnen al menos una vez al semestre. Los acuerdos se adoptan por mayoría. La Presidencia convoca con 10 días de antelación (3 en urgencia).
Disposición adicional primera — Constitución del Observatorio de la Lectura y del Libro
El Observatorio de la Lectura y del Libro se constituirá dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor del real decreto.
Disposición adicional segunda — Personal al servicio del Observatorio del Libro y de la Lectura
La dotación de personal se realiza mediante modificación de la relación de puestos de trabajo del Ministerio de Cultura, sin incremento del gasto público.
Disposición final primera — Desarrollo y ejecución
El Ministro de Cultura queda autorizado a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del Real Decreto 1574/2007, de 30 de noviembre, que regula el Observatorio de la Lectura y el Libro.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
El Real Decreto 1574/2007, de 30 de noviembre, que regula el Observatorio de la Lectura y el Libro, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la disposición adicional segunda de la Ley 10/2007, de 22 de junio BOE-A-2007-12351
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.