Orden CIN/2657/2008, de 18 de septiembre, por la que se regula el procedimiento administrativo para la evaluación de la actividad investigadora del personal investigador en formación
También conocida como: O 2657/2008, O 2657/08Esta norma explica cómo se evalúa el trabajo de los investigadores en formación para asegurar que cumplen con los objetivos de sus contratos.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Requisitos de los solicitantes
Pueden solicitar la evaluación quienes sean personal investigador en formación (RD 63/2006) y tengan beca de programa de ayudas comunicado al Registro general de programas de ayudas a la investigación.
Artículo 2 — Formalización de solicitudes
Se deben presentar: impreso firmado, CV completo y abreviado (2 años), memoria de trabajo, acreditación de beca, carta del director justificando falta de diploma y CV del director.
Artículo 3 — Presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentan en el Registro de la CNEAI o lugares de la Ley 30/1992. En Correos, sobre abierto. Los registros universitarios no valen; el plazo cuenta desde la entrada en CNEAI.
Artículo 4 — Instrucción y resolución del procedimiento
La CNEAI instruye el procedimiento con asesoramiento científico. El Presidente de la CNEAI resuelve (puede delegar). El plazo máximo para resolver es de tres meses.
Artículo 5 — Recursos
Los acuerdos de la CNEAI se pueden recurrir en alzada ante el Secretario de Estado de Universidades en un mes desde la notificación, según los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992.
Disposición transitoria única — Régimen aplicable a las solicitudes ya presentadas
Las solicitudes presentadas antes de esta Orden se rigen por su procedimiento. Si el modelo no es el del anexo I, debe presentarse uno nuevo, computándose el plazo desde esa nueva presentación.
Disposición final única — Entrada en vigor
La Orden CIN/2657/2008, de 18 de septiembre, que regula la evaluación de la actividad investigadora del personal investigador en formación, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- Ley 50/1997, de 27 de noviembre BOE-A-1997-25336
- el art. 8.2 del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero BOE-A-2006-1703
- Real Decreto 432/2008, de 12 de abril BOE-A-2008-6522
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