Resolución de 18 de julio de 2008, de la Dirección General de la Agencia Estatal, de Administración Tributaria, por la que se establece el modelo de tarjeta de identidad profesional de los funcionarios de Vigilancia Aduanera
Esta norma define cómo es la tarjeta oficial que identifica a los funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera para que puedas reconocerlos.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 23 de octubre de 2014Reforma BOE-A-2014-10764Ver qué cambió →
- 12 de agosto de 2008Versión original BOE-A-2008-13753
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Primero. Aprobación del modelo de tarjeta de identidad profesional
Se aprueba el modelo de tarjeta de identidad profesional para funcionarios de Vigilancia Aduanera en activo, con medidas y textos del anexo 1 de esta Resolución.
Segundo. Aprobación del modelo de cartera portatarjeta de identidad profesional
Se aprueba el modelo de cartera portatarjeta según anexo 2. Queda prohibido usar otros modelos que induzcan a confusión con otros Cuerpos.
Tercero. Entrega y retirada de la tarjeta de identidad profesional
Se entrega la tarjeta al tomar posesión. Se retira por excedencia, suspensión, pérdida de condición funcional, cambio de puesto no autorizado o orden judicial que retire la licencia de armas, sustituyéndose por otra sin esta consideración.
Cuarto. Sustitución de la tarjeta de identidad profesional
En caso de sustracción, pérdida, destrucción o deterioro notorio de la tarjeta de identidad profesional, el titular debe comunicarlo por escrito a su Jefe, quien lo notifica a la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera para entregar una nueva.
Quinto. Firma y control de la tarjeta de identidad profesional
Las tarjetas son suscritas por el titular del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, quien controla su expedición y devolución por cese.
Sexto. Tarjetas de identidad anteriores
Hasta la entrega de las nuevas tarjetas, seguirán utilizándose las vigentes en la fecha de entrada en vigor de esta Resolución.
Séptimo. Aplicación
La Resolución es aplicable el día siguiente a su publicación, derogando la Resolución de 29 de diciembre de 1998 del Departamento de Aduanas.
Información general
Temas
Notas oficiales
Aplicable desde el 13 de agosto de 2008.
Leyes en las que se basa
- el art. 9 del Real Decreto 319/1982, de 12 de febrero BOE-A-1982-4571
- Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre BOE-A-1995-26836
- la Resolución de 29 de diciembre de 1998 BOE-A-1999-2581
Leyes que la modifican
- el apartado 3 y SE SUSTITUYE el anexo 1, por Resolución de 14 de octubre de 2014 BOE-A-2014-10764
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.