Orden EHA/2261/2007, de 17 de julio, por la que se regula el empleo de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la justificación de las subvenciones
También conocida como: O 2261/2007, O 2261/07Esta norma permite presentar por internet los documentos y facturas necesarios para justificar el uso de las ayudas y subvenciones recibidas.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación
La orden regula el uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos (EIT) en la justificación de subvenciones de la Administración General del Estado y sus organismos dependientes.
Artículo 2 — Condiciones para el empleo de medios EIT en la justificación de las subvenciones
El uso de medios electrónicos en subvenciones es voluntario, salvo que las bases lo obliguen cuando haya acceso tecnológico garantizado. Requiere alta en notificación telemática y dirección electrónica. El órgano ofrece un servicio para consultar el estado del expediente.
Artículo 3 — Requisitos y especificaciones técnicas de los medios EIT utilizables en la justificación de las subvenciones
Los medios electrónicos deben garantizar seguridad, integridad y ser de acceso público. La documentación se envía gratuita y libre de virus. Los formatos deben cumplir el Esquema Nacional de Interoperabilidad y la firma electrónica avanzada es obligatoria.
Artículo 4 — Régimen de las comunicaciones y notificaciones telemáticas
Las notificaciones telemáticas tienen validez jurídica plena. Los actos deben firmarse electrónicamente. Las aplicaciones registran fecha y hora oficiales. Si no se accede en 10 días, se entiende rechazada. La dirección electrónica debe garantizar identidad y confidencialidad.
Disposición final — Entrada en vigor
La Orden EHA/2261/2007, de 17 de julio, entra en vigor a los dos meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el art. 81 y la disposición adicional 2 del Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio BOE-A-2006-13371
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