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En vigorOrden

Orden INT/724/2006, de 10 de marzo, por la que se regulan los órganos de prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil

También conocida como: O 724/2006, O 724/06
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16 de marzo de 2006·Ministerio del Interior·BOE-A-2006-4768
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece cómo se organiza la prevención de riesgos y la seguridad de los agentes en su puesto de trabajo dentro de la Guardia Civil.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (13 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Primero. Objeto

    La orden constituye los órganos de prevención, determinando su estructura, competencias, medios y funciones para asesorar sobre riesgos laborales.

  2. Segundo. Ámbito de aplicación

    Los órganos de prevención de riesgos laborales de la Orden INT/724/2006 actúan sobre guardias civiles y miembros de las Fuerzas Armadas destinados en unidades de la Dirección General de la Guardia Civil.

  3. Tercero. Órganos de prevención

    Los órganos de prevención (Servicio, Sección de Zona, Oficina de Comandancia y Otras Unidades) diseñan planes, evalúan riesgos y velan por su cumplimiento. Forman una organización jerarquizada única e interdisciplinaria.

  4. Cuarto. Servicio de Prevención

    El Servicio de Prevención, dependiente de la Jefatura de Asistencia al Personal, coordina la seguridad laboral. Su composición incluye un Jefe Coronel, un 2.º Jefe y personal técnico. Sus funciones abarcan diseño de planes, evaluación de riesgos, elaboración de planes de emergencia, vigilancia de la

  5. Quinto. Sección de Prevención de Zona

    La Sección de Prevención de Zona, dependiente del Jefe de Personal de la Plana Mayor, coordina la seguridad en su demarcación. La integra un Jefe con capacitación de nivel superior y personal auxiliar básico. Sus funciones incluyen diseñar planes de prevención, evaluar riesgos, elaborar planes de

  6. Sexto. Oficina de Prevención de Comandancia

    La Oficina de Prevención de Comandancia, dependiente del Oficial al mando de la Jefatura de Personal, gestiona la seguridad en su territorio. La forman un Jefe y personal con dedicación exclusiva (nivel intermedio) y personal auxiliar básico. Sus funciones incluyen promover la prevención básica,

  7. Séptimo. Otras Unidades

    En academias y colegios existe una Oficina de Prevención. En unidades inferiores a Comandancia, el Jefe coordina la prevención y puede solicitar apoyos técnicos a los órganos de prevención.

  8. Disposición adicional única — Adaptación del Catálogo de Puestos de Trabajo

    El Director general propone adaptar el catálogo de puestos para dotar personal a los órganos de prevención, según el Real Decreto 179/2005.

  9. Disposición transitoria única — Implantación de los órganos de prevención

    La implantación de la organización preventiva es progresiva, según se incorporen los recursos humanos y materiales necesarios.

  10. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden.

  11. Disposición final primera — Modificación normativa

    Se crea el Servicio de Prevención en la Orden de 2001. Sus cometidos son diseñar, implantar y coordinar planes preventivos, evaluar riesgos y establecer medidas.

  12. Disposición final segunda — Planes de prevención vigentes

    Los órganos de prevención asumen las funciones de los planes vigentes elaborados por el Servicio de Asistencia Sanitaria de la Guardia Civil al iniciar sus actividades.

  13. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    La Orden INT/724/2006, de 10 de marzo, que regula los órganos de prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
16 de marzo de 2006
Departamento
Ministerio del Interior

Leyes en las que se basa

accidentes laboralescondiciones de trabajoprevención riesgos laboralesprotección agentessalud en el trabajoseguridad laboral guardia civil