Ya no está en vigorInstrucción
Resolución de 20 de septiembre de 2006, del Comisionado para el Mercado de Tabacos, referida a los mecanismos técnicos adecuados para garantizar que las máquinas expendedoras de tabaco en el mercado impidan el acceso a menores, tal como establece el artículo 4 de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco
Resumen en lenguaje sencillo
Esta norma obliga a que las máquinas de tabaco tengan sistemas técnicos para impedir que los menores puedan comprar cigarrillos.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
7
Artículos
2
Versiones
5
Categorías
Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 18 de diciembre de 2025Reforma BOE-A-2025-25914Ver qué cambió →
- 26 de septiembre de 2006Versión original BOE-A-2006-16822
Información general
Leyes en las que se basa
- Real Decreto 2668/1998, de 11 de diciembre BOE-A-1998-29658
- el art. 4 de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre BOE-A-2005-21261
Leyes que la modifican
- con efectos desde el 2 de enero de 2026, por Resolución de 15 de diciembre de 2025 BOE-A-2025-25914
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.