Resolución de 28 de noviembre de 2005, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los procedimientos para la tramitación de los documentos contables en soporte fichero
Esta norma regula cómo se envían y tramitan los documentos contables de la Administración del Estado de forma digital para agilizar los pagos.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 27 de octubre de 2010Reforma BOE-A-2010-16393Ver qué cambió →
- 30 de julio de 2008Reforma BOE-A-2008-12968Ver qué cambió →
- 14 de diciembre de 2005Versión original BOE-A-2005-20496
Artículo por artículo
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Primero. Ámbito de aplicación
La Resolución de 28 de noviembre de 2005, de la Intervención General de la Administración del Estado, que regula los procedimientos para la tramitación de documentos contables en soporte fichero, es de aplicación a la Administración General del Estado.
Segundo. Procedimientos para la tramitación de los documentos contables en soporte fichero
Se regulan la tramitación de documentos contables electrónicos (firmados según ETSI TS 101 903) y lotes de documentos (grabados en fichero conforme a TELCON).
Tercero. Requisitos para la tramitación de los documentos contables en soporte fichero
El titular del órgano gestor debe notificar a la Intervención delegada su interés en usar los procedimientos y las unidades de tramitación. La Intervención asigna el Código de origen de envío (COE). Es obligatoria la tramitación electrónica si algún justificante es electrónico. El procedimiento del apartado Quinto requiere autorización de la Intervención General. No se admiten lotes si el documento es justificante del acto. Solo se tramitan documentos con claves del anexo I; el resto, en papel.
Cuarto. Tramitación de documentos contables electrónicos
Los Servicios gestores tramitan documentos electrónicos mediante aplicación específica. Los justificantes electrónicos se envían por dicha app; los de papel, con acuse de recibo (N.E.I.) en 5 días. La oficina de contabilidad verifica, registra o rechaza los documentos, notificando a las unidades de
Quinto. Tramitación de lotes de documentos contables
La Resolución de 28 de noviembre de 2005 regula la tramitación de documentos contables en soporte fichero. Establece procedimientos para garantizar la autenticidad e integridad mediante resúmenes electrónicos y fichas resumen en papel. Define los roles de la unidad de tramitación, la Intervención de
Disposición adicional primera — Aplicación de esta Resolución en el Ministerio de Defensa
La Intervención General adapta la Resolución al Ministerio de Defensa. Las referencias a Intervención delegada aluden a la Subdirección General de Contabilidad.
Disposición adicional segunda — Aplicación de esta Resolución a la tramitación de los documentos contables de los órganos constitucionales
La Resolución aplica a órganos constitucionales previa adaptación por la Intervención General de la Administración del Estado.
Disposición adicional tercera — Aplicación de los procedimientos regulados en la presente Resolución a otros documentos contables
Para documentos PMP, la Intervención General comunica al servicio gestor las adaptaciones necesarias antes de la tramitación.
Disposición adicional cuarta — Utilización de servicios web proporcionados por la Intervención General de la Administración del Estado
El envío telemático mediante servicios web permite sustituir la ficha resumen por una relación de documentos, omitiendo nombre de fichero y clave.
Disposición transitoria primera
La Intervención General puede sustituir certificados en papel por datos en soporte fichero mientras coexistan procedimientos de entrada de documentos contables.
Disposición transitoria segunda
Hasta que las aplicaciones informáticas permitan trámites directos, la información de documentos electrónicos se gestiona a través de unidades de seguimiento de la Intervención delegada.
Disposición final única — Entrada en vigor
La Resolución de 28 de noviembre de 2005, de la Intervención General de la Administración del Estado, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la Instrucción aprobada por Orden HAC/1300/2002, de 23 de mayo BOE-A-2002-10790
- Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo BOE-A-2005-5088
Leyes que la modifican
- el primer párrafo del apartado 4.5 y el anexo I, por Resolución de 17 de julio de 2008 BOE-A-2008-12968
- el anexo I y SE AÑADE una disposición adicional 4, por Resolución de 20 de octubre de 2010 BOE-A-2010-16393
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