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En vigorOrden

Orden PRE/1563/2006, de 19 de mayo, por la que se regula el procedimiento para la remisión telemática de las disposiciones y actos administrativos de los departamentos ministeriales que deban publicarse en el «Boletín Oficial del Estado»

También conocida como: O 1563/2006, O 1563/06
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24 de mayo de 2006·24 de diciembre de 2018·Ministerio de la Presidencia·BOE-A-2006-9004
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula cómo los ministerios envían sus documentos de forma digital para que aparezcan publicados en el Boletín Oficial del Estado.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    Esta orden establece el procedimiento de remisión telemática de las disposiciones y actos administrativos de los departamentos ministeriales para su publicación en el BOE.

  2. Artículo 2 — Ámbito de aplicación

    La orden se aplica a disposiciones y actos de departamentos ministeriales y organismos adscritos, excluyendo reales decretos, para su publicación en las secciones I, II y III del BOE.

  3. Artículo 3 — Registro de firmas digitales

    La Dirección General del Secretariado del Gobierno lleva un registro de firmas digitales (certificado 2CA de FNMT) para comprobar la autenticidad e integridad de los documentos electrónicos.

  4. Artículo 4 — Aprobación de la aplicación informática «Insértese digital»

    Los textos electrónicos se remiten a la Dirección General del Secretariado del Gobierno mediante la aplicación «Insértese digital», conforme a los criterios de seguridad de 2003.

  5. Artículo 5 — Conservación de originales electrónicos

    La Dirección General del Secretariado del Gobierno conserva originales electrónicos, firmas y claves públicas mediante sistema de archivo seguro, cumpliendo criterios de seguridad de 2003.

  6. Artículo 6 — Remisión al organismo autónomo Boletín Oficial del Estado

    La Dirección General del Secretariado del Gobierno remite textos electrónicos firmados al organismo autónomo Boletín Oficial del Estado, que lleva registro de firmas digitales autorizadas.

  7. Artículo 7 — Instrucciones complementarias

    La Subsecretaría de la Presidencia establece las instrucciones que deben seguir los departamentos ministeriales para la remisión telemática de originales electrónicos.

  8. Artículo 8 — Entrada en vigor

    La Orden PRE/1563/2006, de 19 de mayo, sobre la remisión telemática de disposiciones y actos administrativos ministeriales para su publicación en el BOE, entra en vigor el 1 de junio de 2006.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
24 de mayo de 2006
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Leyes en las que se basa

  • art. 15 del Real Decreto 1511/1986, de 6 de junio BOE-A-1986-19768
  • Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero BOE-A-1996-4594
  • Disposición adicional 1 del Real Decreto 1229/2001, de 8 de noviembre BOE-A-2001-21295

Leyes que la modifican

  • el ámbito de aplicación, por Orden PRE/987/2008, de 8 de abril BOE-A-2008-6370
  • el ámbito de aplicación a la Fiscalía General del Estado, por Orden PCI/1377/2018, de 18 de diciembre BOE-A-2018-17684
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