Ley 5/2005, de 11 de noviembre, de integración del Cabildo Insular de La Palma en el régimen previsto en la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local
También conocida como: L 5/2005, L 5/05Esta ley adapta el funcionamiento y la organización del Cabildo de La Palma a las normas modernas de gestión de los gobiernos locales.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (3 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1
Al Cabildo de La Palma se aplica el régimen de la Ley 7/1985 (títulos X, caps II y III), excepto arts. 128, 132 y 137, con las peculiaridades de la disposición adicional 14.
Artículo 2
El Pleno del Cabildo de La Palma adapta su organización en 18 meses desde la entrada en vigor de la ley.
Disposición final única
La Ley 5/2005, de 11 de noviembre, sobre la integración del Cabildo Insular de La Palma, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Información general
Notas oficiales
Publicada en el BOC núm. 228, de 21 de noviembre de 2005.
Leyes en las que se basa
- art. 12.8 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto BOE-A-1982-20821
- Ley 57/2003, de 16 de diciembre BOE-A-2003-23103
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