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En vigorLey

Ley 7/2005, de 4 de octubre, de horarios comerciales y apertura de festivos

También conocida como: L 7/2005, L 7/05
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4 de noviembre de 2005·15 de mayo de 2017·Comunidad Autónoma de Aragón·BOE-A-2005-18179
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley regula los días y horarios en los que las tiendas pueden abrir al público en Aragón, incluyendo los festivos autorizados para comprar.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

11
Artículos
4
Versiones
4
Categorías

Qué ha cambiado

3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (11 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Horario global

    El horario semanal es de 90 horas. Se puede ampliar motivadamente. El comerciante fija horarios respetando trabajadores y vecinos. Debe exponerse el horario.

  2. Artículo 2 — Domingos y festivos

    Los comercios pueden abrir 10 domingos/festivos anuales en Aragón. Las fechas las fija el Consejero de Comercio priorizando rebajas, Navidad, turismo y coincidencia de festivos. El horario es libre. Se pueden aumentar días excepcionalmente. Los Ayuntamientos pueden sustituir fechas.

  3. Artículo 3 — Establecimientos con régimen especial de horarios

    Exentos de limitaciones: panaderías, gasolineras, farmacias, estancos, tiendas <300m2 (no grandes distribuidores), tiendas conveniencia <500m2 (18h/día) y zonas turísticas de gran afluencia (declaradas por Orden). Las oficinas de farmacia siguen su normativa específica.

  4. Artículo 4 — Régimen sancionador

    El incumplimiento de la Ley 7/2005, de 4 de octubre, de horarios comerciales y apertura de festivos, se sanciona conforme a la legislación aplicable.

  5. Disposición adicional única — Competencias municipales

    Los Ayuntamientos pueden ordenar el cierre singularizado de establecimientos que vendan bebidas alcohólicas por orden público y seguridad.

  6. Disposición transitoria única — Calendario para 2005

    En el cuarto trimestre de 2005 se autoriza la apertura los domingos 1 de noviembre y 4, 11 y 18 de diciembre. Los Ayuntamientos pueden sustituir hasta dos fechas comunicándolo en un mes a la Dirección General de Comercio y Artesanía.

  7. Disposición derogatoria única

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la Ley 7/2005, de 4 de octubre, de horarios comerciales y apertura de festivos.

  8. Disposición final primera — Venta en períodos de rebajas

    Las rebajas son en dos temporadas. Comercios <300m² fijan fechas. Grandes distribuidores siguen fechas oficiales.

  9. Disposición final segunda — Regulación del régimen sancionador

    Se establecerá un régimen sancionador sobre horarios comerciales y apertura en domingos y festivos en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la Ley.

  10. Disposición final tercera — Desarrollo reglamentario

    El Gobierno de Aragón tiene la facultad de dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y la aplicación de la Ley 7/2005, de 4 de octubre, de horarios comerciales y apertura de festivos.

  11. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    La Ley 7/2005, de 4 de octubre, de horarios comerciales y apertura de festivos, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
4 de noviembre de 2005
Departamento
Comunidad Autónoma de Aragón

Notas oficiales

Publicada en el BOA núm. 124, de 20 de octubre de 2005

Leyes en las que se basa

  • art. 35.1.19 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto BOE-A-1982-20819
  • la Ley 9/1989, de 5 de octubre BOE-A-1989-25944
  • Ley 1/2004, de 21 de diciembre BOE-A-2004-21421

Leyes que la modifican

  • los arts. 1 a 3, por Decreto-ley 1/2013, de 9 de enero BOA-d-2013-90012
  • el art. 2.1, por Ley 2/2016, de 28 de enero BOE-A-2016-2408
  • los arts. 1.4 y 3.1.b), por Ley 3/2017, de 4 de mayo BOE-A-2017-6859
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