Orden JUS/1263/2004, de 18 de marzo, por la que se regula el procedimiento de integración de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia en los Cuerpos y Escalas creados por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
También conocida como: O 1263/2004, O 1263/04Esta norma explica cómo los funcionarios de justicia se integraron en los nuevos cuerpos y escalas tras la reforma de la Ley del Poder Judicial.
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Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Primero. Objeto
La Orden regula las bases del procedimiento de integración de funcionarios de la Administración de Justicia en los Cuerpos Generales y Especiales creados por la Ley Orgánica 19/2003, y procede a su convocatoria.
Segundo. Ámbito de aplicación
La Orden aplica a: a) Oficiales a Gestión Procesal; b) Auxiliares a Tramitación Procesal; c) Agentes a Auxilio Judicial; d) Técnicos Especialistas Toxicología a Técnicos Especialistas Toxicología y Ciencias Forenses; e) Auxiliares Laboratorio Toxicología a Ayudantes Laboratorio Toxicología y Forens;
Tercero. Iniciación
Los funcionarios pueden solicitar integración en 15 días hábiles tras la publicación de la Orden. La solicitud usa el modelo del anexo 1, se dirige al Director de Relaciones o a órganos autonómicos (anexo 2) y debe incluir la titulación académica acreditada.
Cuarto. Instrucción
Las CCAA valoran la documentación. Si hay dudas sobre equivalencias, se consulta al Ministerio de Educación. La Subdirección General gestiona la documentación del personal del Ministerio de Justicia. Se publica una relación provisional en el BOE. Los interesados pueden alegar en 15 días naturales.
Quinto. Terminación
Tras revisar alegaciones, se eleva propuesta al Ministro de Justicia. La Orden de integración publica la lista alfabética en el BOE. El procedimiento dura máximo 6 meses desde la publicación de esta Orden. La Orden pone fin a la vía administrativa y permite recurso de reposición o contencioso-admin.
Sexto. Integración en las Escalas a extinguir
Los funcionarios que no soliciten integración o vean denegada su solicitud se integran en las Escalas a extinguir. El Ministro de Justicia aprueba y publica en el BOE la lista alfabética de estos funcionarios con su situación administrativa.
Séptimo. Especialidades de la integración de los participantes en procesos selectivos en curso
Aspirantes que superaron pruebas antes del 16/01/2004 pueden solicitar integración en 15 días hábiles desde la publicación de esta Orden. Los que aún no finalizaron el proceso pueden solicitarla al publicar las listas definitivas. Los efectos son desde la toma de posesión.
Octavo. Entrada en vigor
La Orden JUS/1263/2004, de 18 de marzo, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- las disposiciones adicionales 3 y 4 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre BOE-A-2003-23644
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