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En vigorOrden

Orden INT/1251/2004, de 7 de mayo, por la que se crea el Comité Ejecutivo para el Mando Unificado de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado

También conocida como: O 1251/2004, O 1251/04
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10 de mayo de 2004·Ministerio del Interior·BOE-A-2004-8717
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma crea un equipo para coordinar mejor a la Policía Nacional y a la Guardia Civil en sus labores de seguridad ciudadana.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Apartado primero. Creación

    Se crea el Comité Ejecutivo para el Mando Unificado, dependiente del Ministro del Interior, para reforzar la dirección coordinada de las competencias sobre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

  2. Apartado segundo. Composición

    El Comité Ejecutivo está presidido por el Secretario de Estado de Seguridad e integrado por los Directores Generales de Policía, Guardia Civil, Infraestructuras y Material, y del Gabinete del Ministro. El Presidente puede convocar a otros responsables para asesoramiento.

  3. Apartado tercero. Funciones

    Bajo supervisión del Ministro del Interior, el Comité Ejecutivo elabora, ejecuta y supervisa programas de actuación integrada de Policía y Guardia Civil, garantizando su coordinación orgánica y operativa en cooperación internacional, seguridad, investigación y material.

  4. Apartado cuarto. Ejecución de sus decisiones

    Las decisiones del Comité Ejecutivo sobre sus funciones son directivas para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Su ejecución corresponde al Presidente del Comité.

  5. Apartado quinto. Objetivos

    El Comité Ejecutivo busca: crear unidades especiales conjuntas; base de datos policial común; organismo de policía científica; centro de estudios de seguridad; salas únicas de atención ciudadana; cooperación internacional; y otras iniciativas normativas que considere necesarias.

  6. Disposición adicional primera — Créditos presupuestarios

    La creación, organización y funcionamiento del Comité Ejecutivo para el Mando Unificado de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado no implica aumento del gasto público.

  7. Disposición adicional segunda — Régimen jurídico

    El régimen jurídico del Comité Ejecutivo se ajusta a la Ley 30/1992 en lo no dispuesto en esta Orden Ministerial.

  8. Disposición final única — Entrada en vigor

    La Orden Ministerial INT/1251/2004, de 7 de mayo, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
10 de mayo de 2004
Departamento
Ministerio del Interior

Leyes en las que se basa

coordinación policialfuerzas de seguridadguardia civillucha contra el crimenministerio del interiorpolicía nacionalseguridad ciudadana