Orden TAS/820/2004, de 12 de marzo, por la que se incorpora al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a los religiosos de Derecho diocesano de la Iglesia Católica
También conocida como: O 820/2004, O 820/04Esta norma permite que los religiosos de la Iglesia Católica coticen a la Seguridad Social como trabajadores autónomos para tener cobertura.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo único
Religiosos diocesanos católicos mayores de 18 años, inscritos y residentes en España, se incluyen obligatoriamente en el Régimen de Autónomos, salvo que ya estén en otro régimen.
Disposición final
La Orden TAS/820/2004 entra en vigor el primer día del cuarto mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la disposición adicional del Real Decreto 3325/1981, de 29 de diciembre BOE-A-1982-1407
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