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En vigorOrden

Orden ECO/97/2003, de 22 de enero, por la que se establecen los criterios generales de tramitación telemática de solicitudes de participación en procedimientos de provisión de puestos de trabajo

También conocida como: O 97/2003, O 97/03
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30 de enero de 2003·7 de julio de 2003·Ministerio de Economía·BOE-A-2003-1912
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula cómo presentar por internet las solicitudes para participar en concursos y procesos de selección de puestos en el Ministerio.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

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  1. Primero. Habilitación en el Subsecretario

    El Subsecretario del Departamento puede incluir nuevos procedimientos y modelos para empleados del Ministerio de Economía, modificar modelos normalizados y difundirlos en www.mineco.es.

  2. Segundo. Objeto y ámbito de aplicación

    La Orden regula la presentación telemática de solicitudes de provisión de puestos de trabajo del Ministerio de Economía mediante: libre designación, concurso general y concurso específico.

  3. Tercero. Modelos normalizados de solicitud telemática

    Las solicitudes telemáticas usan modelos normalizados en www.mineco.es. Las convocatorias pueden incluir modelos específicos adaptados, también publicados en dicha web.

  4. Cuarto. Condiciones de utilización

    Los trámites telemáticos y criterios específicos para la provisión de puestos de trabajo se desarrollarán en cada convocatoria y se incluirán en la dirección de Internet.

  5. Quinto. Validez de los certificados

    La presentación telemática se ajusta a la Orden de 26 de diciembre de 2001. La documentación aneja puede enviarse telemáticamente (validez de copia simple) o en papel. Si es mixta, debe indicarse en el modelo.

  6. Sexto. Vigencia de las Órdenes dictadas en la materia

    Las Órdenes ministeriales ECO/586/2002, ECO/1101/2002 y ECO/1758/2002 mantienen su vigencia.

  7. Séptimo. Entrada en vigor

    La Orden ECO/97/2003, de 22 de enero, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
30 de enero de 2003
Departamento
Ministerio de Economía

Leyes en las que se basa

  • el apartado 6 de la Orden de 26 de diciembre de 2001 BOE-A-2001-24758

Leyes que la modifican

  • el apartado 2, por Orden ECO/1864/2003, de 30 de junio BOE-A-2003-13553
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