Orden INT/1922/2003, de 3 de julio, sobre libros-registro y partes de entrada de viajeros en establecimientos de hostelería y otros análogos
También conocida como: O 1922/2003, O 1922/03Esta norma obliga a los hoteles y alojamientos turísticos a registrar los datos de sus clientes y comunicarlos a las fuerzas de seguridad.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
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- 8 de abril de 2021Reforma BOE-A-2021-5483Ver qué cambió →
- 11 de julio de 2003Versión original BOE-A-2003-13865
Artículo por artículo
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Primero. Ámbito de aplicación
La orden aplica a establecimientos de hostelería (alojamiento con precio) y alojamientos turísticos como campings, apartamentos y bungalows regulados por normativa específica.
Segundo. Partes de entrada y libros registro
Los partes de entrada deben firmarse (papel o digital). Los libros registro (100-500 hojas impresas o digitales) se conservan 3 años y están a disposición de la Policía.
Tercero. Comunicación de datos a las dependencias policiales
Los establecimientos deben comunicar datos policiales mediante: entrega de copias, fax, soportes magnéticos o ficheros vía Internet. La recepción se acredita con acuse de recibo. El establecimiento propone el sistema habitual. No exime de cumplimentar el parte y libro-registro
Cuarto. Plazo
La información de las hojas-registro debe comunicarse a las dependencias policiales en 24 horas desde el inicio del alojamiento del viajero.
Disposición adicional única — Régimen competencial
La orden respeta las competencias de las Comunidades Autónomas en protección de personas, bienes y seguridad ciudadana.
Disposición derogatoria única — Derogaciones
Se deroga la Orden de 14 de febrero de 1992 y cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta disposición.
Disposición final primera — Soportes magnéticos
La Secretaría de Estado de Seguridad fija las características de los soportes magnéticos y las condiciones para la transmisión de ficheros por Internet en hostelería.
Disposición final segunda — Desarrollo
El Secretario de Estado de Seguridad puede modificar el Anexo de la norma, considerando la experiencia en su aplicación y su adecuación a los fines legales.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
La Orden INT/1922/2003, de 3 de julio, sobre libros-registro y partes de entrada de viajeros en establecimientos de hostelería, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el Decreto 1513/1959, de 18 de agosto (GAZETA) BOE-A-1959-11603
- la Orden de 14 de febrero de 1992 BOE-A-1992-4380
Leyes que la modifican
- sobre condiciones y forma de utilización de la transmisión de ficheros informáticos: Resolución de 14 de julio de 2003 BOE-A-2003-15200
- en cuanto no se oponga, por Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre de 2021 BOE-A-2021-17461
- el apartado 2 y lo indicado, por Orden INT/321/2021, de 31 de marzo BOE-A-2021-5483
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