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En vigor Ley

Ley 20/2003, de 28 de abril, del Himno de Canarias

También conocida como: L 20/2003, L 20/03
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8 de julio de 2003 · 2 de mayo de 2003 · Comunidad Autónoma de Canarias · BOE-A-2003-13622
Resumen ciudadano

Esta ley establece oficialmente el himno de la Comunidad Autónoma de Canarias como símbolo representativo de la identidad del archipiélago.

5
Artículos
1
Versiones

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
8 de julio de 2003
Departamento
Comunidad Autónoma de Canarias
cultura canariahimno de Canariashimno oficialidentidad canarianormativa símbolos autonómicossímbolos de Canarias

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Ley 20/2003, de 28 de abril, del Himno de Canarias

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 20/2003, de 28 de abril, del Himno de Canarias.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El artículo 6 del Estatuto de Autonomía regula la bandera y el escudo de Canarias, pero no se previó la posibilidad de establecimiento de un himno. Por ello, en la misma tónica que las demás comunidades autónomas, se ha visto la necesidad de que el Parlamento, en el ejercicio de su potestad legislativa, complete los símbolos de la Comunidad Autónoma mediante la presente Ley del Himno.

Desde la constitución de la Comunidad Autónoma se han llevado a cabo intentos de dotar de himno a Canarias que no llegaron a fructificar; de ahí que en 1999 los grupos parlamentarios constituidos en la Cámara (Coalición Canaria-CC, Socialista Canario, Popular y Mixto) instaran la creación de una comisión parlamentaria de estudio. Se constituyó tal comisión y culminó sus trabajos elevando un dictamen al Pleno en el que se propuso el*Arrorró,de losCantos Canarios,*del insigne compositor canario Teobaldo Power y Lugo-Viña. Es ésta una obra profundamente arraigada en el sentimiento popular; por ello tal propuesta fue unánimemente considerada como la más idónea para servir de base del himno. Para la letra se propuso la celebración de un concurso público. Aprobado el dictamen, el Pleno del Parlamento encomendó a la Mesa las gestiones para la adaptación de la obra musical seleccionada y la realización del mencionado concurso.

La adaptación de la partitura musical se llevó a cabo por los profesores D. Armando Alfonso López, D. Enrique Guimerá Corbella, D. José Miguel Mederos Rivero, D. Víctor Pablo Pérez Pérez, D. Daniel Roca Arencibia y D. Xavier Zoghbi Manrique de Lara, quienes fueron propuestos por los Patronatos de Música de los Cabildos Insulares de Gran Canaria y de Tenerife.

El concurso celebrado para la letra fue declarado desierto por el jurado constituido al efecto, por lo cual la Mesa encomendó a D. Benito Cabrera la propuesta de una letra, que resultó de unánime aceptación por la Mesa y portavoces de los grupos parlamentarios. Asimismo la Mesa del Parlamento encargó a D. Juan José Falcón Sanabria las obras de armonización de la adaptación escogida para distintas formaciones musicales, al objeto de que puedan ser incorporadas en el decreto de regulación del uso del himno a aprobar por el Gobierno.


Artículo 1.

Se establece como himno de Canarias la melodía correspondiente alArrorró,de la obraCantos Canariosde Teobaldo Power y Lugo-Viña, en la adaptación y con la letra que se transcriben en el anexo.


Artículo 2.

El Gobierno de Canarias regulará los usos del himno, que deberá ser interpretado en aquellos actos oficiales de carácter público y especial significación organizados por la Comunidad Autónoma y las entidades locales canarias.


Artículo 3.

El himno gozará de la misma protección que la bandera y el escudo de Canarias.


Disposición adicional única.

El Gobierno de Canarias, con anterioridad al 25 de mayo de 2003, aprobará un decreto regulando los extremos a los que se refiere el artículo 2 de la presente Ley. A estos efectos, la Mesa del Parlamento facilitará al Gobierno las partituras de armonización y orquestación del himno para distintas formaciones musicales, que se incorporarán al mencionado Decreto.


Disposición final única.

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias».

Por tanto mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Las Palmas de Gran Canaria, 28 de abril de 2003.

ROMÁN RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ,

Presidente

ANEXO. Himno de Canarias

Soy la sombra de un almendro,

soy volcán, salitre y lava.

Repartido en siete peñas

late el pulso de mi alma.

Soy la historia y el futuro,

corazón que alumbra el alba

de unas islas que amanecen

navegando la esperanza.

Luchadoras en nobleza

bregan el terrero limpio

de la libertad.

Ésta es la tierra amada:

mis Islas Canarias.

Como un solo ser

juntas soñarán

un rumor de paz

sobre el ancho mar.