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En vigorReal Decreto

Real Decreto 436/2002, de 10 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica del Centro Nacional de Inteligencia

También conocida como: RD 436/2002, RD 436/02
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11 de mayo de 2002·13 de abril de 2013·Ministerio de Administraciones Públicas·BOE-A-2002-9161
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma define cómo se organiza y funciona el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) para proteger la seguridad y los intereses de España.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

12
Artículos
5
Versiones
3
Categorías

Qué ha cambiado

4 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (12 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Estructura orgánica

    El CNI se estructura en: Dirección (Secretario de Estado), Secretaría General (Subsecretario), tres Direcciones Técnicas (Directores Generales) y puestos de la Relación de Puestos de Trabajo.

  2. Artículo 2 — Secretario de Estado Director

    El Secretario de Estado Director elabora la estructura orgánica, aprueba presupuestos, mantiene relaciones y contratos, colabora con servicios de información y dirige el Centro Criptológico Nacional.

  3. Artículo 3 — Secretario general

    El Secretario General apoya al Director, organiza el Centro, dirige servicios comunes, gestiona personal, ejerce potestad disciplinaria y acuerda jubilaciones.

  4. Artículo 4 — Directores técnicos

    Los Directores Técnicos ejercen funciones de inteligencia, apoyo y recursos, además de las atribuidas por el Estatuto de Personal y disposiciones internas.

  5. Artículo 5 — Unidades de inteligencia y apoyo

    Los Subdirectores Generales del Centro Nacional de Inteligencia ejercen funciones de inteligencia y apoyo.

  6. Artículo 6 — Relación de puestos de trabajo

    El Consejo de Ministros aprueba la relación de puestos a propuesta del Ministro de Defensa. El Ministro de Defensa aprueba modificaciones con gasto, y el Secretario de Estado Director gestiona cambios internos sin coste.

  7. Artículo 7 — Relaciones orgánicas y funcionales

    Las relaciones orgánicas y funcionales del Centro Nacional de Inteligencia se rigen por este Real Decreto, sus disposiciones de desarrollo y su Estatuto de personal.

  8. Disposición adicional única — Clasificación de determinadas materias

    La organización del Centro Nacional de Inteligencia, su relación de puestos y las resoluciones de nombramiento de altos cargos tienen grado de secreto.

  9. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Se derogan el Real Decreto 1883/1996, el 1396/1996, el 266/1996 y el 1169/1995, así como cualquier disposición contraria a este Real Decreto.

  10. Disposición final primera — Facultad de desarrollo

    El Ministro de Defensa tiene la facultad de dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del Real Decreto 436/2002, que establece la estructura orgánica del Centro Nacional de Inteligencia.

  11. Disposición final segunda — Modificaciones presupuestarias

    El Ministerio de Hacienda realiza las modificaciones presupuestarias necesarias para cumplir el Real Decreto 436/2002.

  12. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    El Real Decreto 436/2002, de 10 de mayo, que establece la estructura orgánica del Centro Nacional de Inteligencia, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
11 de mayo de 2002
Departamento
Ministerio de Administraciones Públicas

Leyes en las que se basa

  • Real Decreto 1169/1995, de 7 de julio BOE-A-1995-16527
  • Real Decreto 1396, de 7 de junio BOE-A-1996-13006
  • art. 5 y la disposición adicional 7 del Real Decreto 1883/1996, de 2 de agosto BOE-A-1996-18073
  • Real Decreto 266/1996, de 16 de febrero BOE-A-1996-3555
  • la Ley 11/2002, de 10 de mayo BOE-A-2002-8628

Leyes que la modifican

  • el art. 3.h), por Real Decreto 327/2004, de 27 de febrero BOE-A-2004-3714
  • los arts. 1.c) y 4, por Real Decreto 612/2006, de 19 de mayo BOE-A-2006-9007
  • los arts. 1 y 4, por Orden DEF/2962/2009, de 2 de noviembre BOE-A-2009-17604
  • el art. 1.c), por Real Decreto 240/2013, de 5 de abril BOE-A-2013-3907
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