Orden ECO/317/2002, de 14 de febrero, por la que se establecen las aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorro
También conocida como: O 317/2002, O 317/02Esta norma regula cómo los bancos aportan dinero a un fondo común para proteger tus ahorros si la entidad tuviera problemas económicos.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Primero. Importe de las aportaciones
Las aportaciones de las cajas de ahorros al Fondo de Garantía se fijan en el 0,4 por 1.000 de los depósitos garantizados, calculados conforme a los artículos 3 y 4 del Real Decreto 2606/1996 y su modificación por el Real Decreto 948/2001.
Segundo. Entrada en vigor
La Orden entra en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», siendo de aplicación a las aportaciones que se desembolsen a partir de dicha fecha.
Información general
Notas oficiales
Efectos desde el 1 de enero de 2002.
Leyes en las que se basa
- el art. 3 del Real Decreto-ley 18/1982, de 24 de septiembre BOE-A-1982-25541
- Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre BOE-A-1996-28535
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