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En vigorOrden

Orden ECO/317/2002, de 14 de febrero, por la que se establecen las aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorro

También conocida como: O 317/2002, O 317/02
Ver en BOE
20 de febrero de 2002·Ministerio de Economía·BOE-A-2002-3368
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula cómo los bancos aportan dinero a un fondo común para proteger tus ahorros si la entidad tuviera problemas económicos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

2
Artículos
1
Versiones
3
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (2 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Primero. Importe de las aportaciones

    Las aportaciones de las cajas de ahorros al Fondo de Garantía se fijan en el 0,4 por 1.000 de los depósitos garantizados, calculados conforme a los artículos 3 y 4 del Real Decreto 2606/1996 y su modificación por el Real Decreto 948/2001.

  2. Segundo. Entrada en vigor

    La Orden entra en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», siendo de aplicación a las aportaciones que se desembolsen a partir de dicha fecha.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
20 de febrero de 2002
Departamento
Ministerio de Economía

Notas oficiales

Efectos desde el 1 de enero de 2002.

Leyes en las que se basa

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