Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «diplomas de español como lengua extranjera (DELE)»
También conocida como: RD 1137/2002, RD 1137/02Esta norma regula los exámenes oficiales para certificar tu nivel de español, necesarios para trámites como obtener la nacionalidad española.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
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- 7 de noviembre de 2015Reforma BOE-A-2015-12047Ver qué cambió →
- 12 de marzo de 2008Reforma BOE-A-2008-4727Ver qué cambió →
- 8 de noviembre de 2002Versión original BOE-A-2002-21672
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (16 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Niveles de los diplomas y atribución de competencias sobre los mismos
Los diplomas DELE tienen 6 niveles (A1-C2). El Instituto Cervantes dirige el programa y el Ministro los expide.
Artículo 2 — Ámbito subjetivo
Los diplomas DELE pueden obtenerlos los candidatos que superen las pruebas de examen establecidas.
Artículo 3 — Niveles de competencia lingüística acreditados por los distintos diplomas
Los diplomas DELE acreditan niveles A1 a C2. A1: expresiones básicas. A2: intercambios sencillos. B1: textos principales. B2: textos complejos y fluidez. C1: soltura y flexibilidad. C2: comprensión total y precisión.
Artículo 4 — Convalidación y acreditación de los diplomas
Niveles C2 y B2 eximen de pruebas para empleo público o estudios. Son acreditación suficiente en España.
Artículo 5 — Lugares de examen
Los exámenes DELE se realizan en centros Cervantes, universidades, escuelas de idiomas o instituciones colaboradoras.
Artículo 6 — Funciones del Instituto Cervantes en relación con los diplomas
El Instituto Cervantes gestiona los diplomas DELE. Sus funciones incluyen: aumentar reconocimiento internacional, determinar directrices académicas, establecer precios, gestionar economía, firmar acuerdos con universidades y decidir logística de exámenes.
Artículo 7 — Colaboración con los órganos competentes de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación, y de Educación y Ciencia
El Instituto Cervantes coordina con otros ministerios y registra los diplomas expedidos con datos del examen.
Artículo 8 — Colaboración con universidades y otras instituciones
El Instituto Cervantes puede encargar a universidades y otras instituciones de prestigio la elaboración de exámenes DELE y su evaluación, según los convenios de colaboración suscritos.
Disposición adicional primera — Acceso a las escuelas oficiales de idiomas
Los diplomas DELE A2 y B1 dan acceso a los niveles Intermedio y Avanzado de escuelas oficiales de idiomas. El B2 permite acceder a cursos especializados C1 y C2.
Disposición adicional segunda — Equivalencia entre los diplomas de español como lengua extranjera
Los antiguos diplomas DELE equivalen a los actuales: inicial a B1, intermedio a B2 y superior a C2.
Disposición adicional tercera — Modificación del artículo 7 del Reglamento del Instituto Cervantes, aprobado por Real Decreto 1526/1999, de 1 de octubre
Se añade un apartado 3 al artículo 7 del Reglamento del Instituto Cervantes. Este establece que el Director expide los diplomas DELE en nombre del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, asumiendo su dirección académica, administrativa y económica.
Disposición adicional cuarta
Los diplomas del SICELE equivalen a los DELE, excepto para la nacionalidad. Sus niveles A1-C2 equivalen a los DELE de nivel A1, A2, B1, B2, C1 y C2 respectivamente.
Disposición adicional quinta — Alumnado procedente de las aulas de lengua y cultura españolas
Los alumnos de aulas de lengua y cultura españolas con certificado pueden examinarse para el DELE. El contenido y evaluación pueden adaptarse, pudiendo quedar exentos de parte del examen.
Disposición transitoria única — Convenios vigentes
El Instituto Cervantes se subroga al Ministerio en los convenios vigentes para organizar exámenes DELE, si los convenios lo permiten. Puede denunciarlos o suscribir nuevos de acuerdo con el artículo 6 del presente Real Decreto.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se derogan el Real Decreto 826/1988, que creaba los diplomas DELE, y el Real Decreto 1/1992, que lo modificaba. También se derogan otras disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a este Real Decreto.
Disposición final única — Entrada en vigor
El Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, que regula los diplomas de español como lengua extranjera (DELE), entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- Real Decreto 826/1988, de 20 de julio BOE-A-1988-18767
- Real Decreto 1/1992, de 10 de enero BOE-A-1992-688
- el art. 7 del Real Decreto 1526/1999, de 1 de octubre BOE-A-1999-20193
Leyes que la modifican
- los arts. 1, 3, 4, 7 y las disposiciones adicionales 1 y 2, y SE AÑADEN las disposiciones adicionales 4 y 5, por Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero BOE-A-2008-4727
- los arts. 2, 6 y disposición adicional 4, por Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre BOE-A-2015-12047
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