Real Decreto 349/2001, de 4 de abril, por el que se regula la composición y funciones de la Comisión Superior de Personal
También conocida como: RD 349/2001, RD 349/01Esta norma regula el órgano encargado de coordinar la gestión del personal y los recursos humanos en la Administración Pública del Estado.
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- 17 de abril de 2001Versión original BOE-A-2001-7425
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Naturaleza
La Comisión Superior de Personal es un órgano colegiado de coordinación, documentación y asesoramiento para la política de personal de la Administración del Estado. Está adscrita al Ministerio de Administraciones Públicas.
Artículo 2 — Funciones
La Comisión Superior de Personal informa preceptivamente sobre proyectos de disposiciones, planes de empleo, consultas ministeriales y propuestas de gestión. Coordina criterios, realiza estudios de recursos humanos y adopta medidas de planificación coherente.
Artículo 3 — Composición
La Comisión Superior de Personal tiene Pleno (Secretario de Estado, Subsecretarios, Interventor, Director general) y Comisión Permanente (Director general, otros directores, representantes). El Pleno resuelve desacuerdos; la Permanente prepara sesiones.
Artículo 4 — Régimen jurídico y de funcionamiento
El régimen jurídico y funcionamiento de la Comisión Permanente y el Pleno de la Comisión Superior de Personal se ajustan al capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, sin perjuicio de las peculiaridades organizativas de este Real Decreto.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Queda derogado el Real Decreto 1085/1990, de 31 de agosto, sobre la composición y funciones de la Comisión Superior de Personal.
Disposición final única — Entrada en vigor
El Real Decreto 349/2001, de 4 de abril, que regula la composición y funciones de la Comisión Superior de Personal, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el art. 9 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto BOE-A-1984-17387
- el Real Decreto 1085/1990, de 31 de agosto BOE-A-1990-22199
- Ley 6/1997, de 14 de abril BOE-A-1997-7878
Leyes que la modifican
- el art. 2, por Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero BOE-A-2024-3796
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