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En vigorReal Decreto

Real Decreto 344/2001, de 4 de abril, por el que se crea el Consejo Superior de Política de Inmigración

También conocida como: RD 344/2001, RD 344/01
Ver en BOE
6 de abril de 2001·15 de junio de 2002·Ministerio del Interior·BOE-A-2001-6821
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma crea un órgano consultivo encargado de coordinar las políticas y actuaciones sobre inmigración entre el Estado y las comunidades autónomas.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

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  1. Artículo 1 — Creación

    Se crea el Consejo Superior de Política de Inmigración para coordinar las actuaciones de las Administraciones públicas con competencias o incidencia en la política de integración de los inmigrantes.

  2. Artículo 2 — Naturaleza jurídica

    El Consejo Superior de Política de Inmigración es un órgano colegiado de coordinación y cooperación entre la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades locales, adscrito orgánicamente al Ministerio del Interior.

  3. Artículo 3 — Composición

    El Consejo Superior de Política de Inmigración tiene 47 vocales: 18 de la Administración General (rango Director general), 1 por Comunidad/Ciudad autónoma y 10 de Entidades locales. Lo preside el Delegado del Gobierno para la Extranjería. El Vicepresidente es el Director general de Extranjería.

  4. Artículo 4 — Funciones

    El Consejo establece bases para la integración social y laboral de los inmigrantes. Sus funciones incluyen: colaborar e informar entre administraciones; intercambiar información y formular propuestas; recabar información de agentes sociales y económicos; emitir informe previo al contingente anual de

  5. Artículo 5 — Funcionamiento

    El Consejo Superior de Política de Inmigración celebra al menos 2 sesiones anuales en el Ministerio del Interior. Los acuerdos se adoptan por mayoría simple. La participación es gratuita, con derecho a dietas. Puede crear comisiones.

  6. Disposición adicional única — Referencia a las Ciudades de Ceuta y Melilla

    Las referencias a Comunidades Autónomas en este Real Decreto se aplican también a las Ciudades de Ceuta y Melilla.

  7. Disposición final única — Entrada en vigor

    El Real Decreto 344/2001, de 4 de abril, que crea el Consejo Superior de Política de Inmigración, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
6 de abril de 2001
Departamento
Ministerio del Interior

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • el art. 3.2, por Real Decreto 507/2002, de 10 de junio BOE-A-2002-11705
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