Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico
También conocida como: RD 614/2001, RD 614/01Normas de seguridad obligatorias para proteger a los trabajadores frente a riesgos eléctricos durante su jornada laboral.
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Artículo por artículo
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Artículo 1 — Objeto, ámbito de aplicación y definiciones
El Real Decreto 614/2001, en el marco de la Ley 31/1995, fija las normas mínimas de seguridad frente al riesgo eléctrico en lugares de trabajo. Se aplica a instalaciones eléctricas y procedimientos de trabajo. Las definiciones se detallan en el anexo I.
Artículo 2 — Obligaciones del empresario
El empresario debe prevenir o minimizar riesgos eléctricos en el trabajo, basándose en la evaluación de riesgos (art. 16 Ley de Prevención de Riesgos Laborales). Las instalaciones deben cumplir el art. 3 y las técnicas de trabajo, el art. 4 de este Real Decreto.
Artículo 3 — Instalaciones eléctricas
Las instalaciones eléctricas en el trabajo deben adaptarse a las condiciones del lugar, la actividad y los equipos, considerando humedad, atmósferas explosivas o corrosión. Solo se usan equipos compatibles con la instalación. Se exige mantenimiento adecuado y control periódico de protecciones, cumpliendo la reglamentación electrotécnica y normativa de seguridad.
Artículo 4 — Técnicas y procedimientos de trabajo
El trabajo en instalaciones eléctricas se realiza sin tensión, salvo excepciones: operaciones elementales en baja tensión, tensiones de seguridad, maniobras, mediciones, ensayos o verificaciones, y trabajos por continuidad del suministro. Se aplican los anexos II a VI según el tipo de tarea y riesgo.
Artículo 5 — Formación e información de los trabajadores
El empresario debe garantizar formación e información a trabajadores y sus representantes sobre el riesgo eléctrico y las medidas de prevención, conforme a los artículos 18 y 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Artículo 6 — Consulta y participación de los trabajadores
La consulta y participación de los trabajadores o sus representantes sobre las cuestiones de este Real Decreto se realizarán conforme al apartado 2 del artículo 18 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a este Real Decreto, y expresamente el capítulo VI del Título II de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, aprobada por Orden de 9 de marzo de 1971.
Disposición final primera — Guía técnica
El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo elaborará una Guía técnica no vinculante para evaluar y prevenir el riesgo eléctrico en instalaciones de trabajo. Se basa en el artículo 5.3 del Real Decreto 39/1997.
Disposición final segunda — Facultad de desarrollo
El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales puede dictar disposiciones para aplicar este Real Decreto y adaptar sus anexos técnicamente. Requiere informes favorables de las Ministras de Sanidad y Consumo y de Ciencia y Tecnología, y de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
El Real Decreto 614/2001, sobre protección frente al riesgo eléctrico, entra en vigor a los dos meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
ANEXO I
El riesgo eléctrico incluye choques, quemaduras, caídas y explosiones por electricidad. Se definen lugares de trabajo, instalaciones eléctricas, procedimientos, alta/baja tensión, trabajos sin tensión y zonas de peligro.
ANEXO II
Para realizar trabajos sin tensión en instalaciones eléctricas, es obligatorio seguir cinco etapas: desconectar, prevenir realimentación, verificar ausencia de tensión, poner a tierra y señalizar. Hasta completar las cinco etapas, la instalación se considera en tensión.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el capítulo VI del Título II de la ordenanza aprobada por Orden de 9 de marzo de 1971 BOE-A-1971-380
- el art. 6 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre BOE-A-1995-24292
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