Orden de 27 de octubre de 2000 por la que se determina el régimen reglamentario aplicable a un artefacto denominado cañón lanza-redes
Esta norma regula el uso y la clasificación legal de los cañones lanza-redes, estableciendo los requisitos para su posesión y manejo.
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Orden de 27 de octubre de 2000 por la que se determina el régimen reglamentario aplicable a un artefacto denominado cañón lanza-redes — Primero
El cañón lanza-redes se rige por el régimen de adquisición, tenencia y uso del artículo 96.8 del Reglamento de Armas, aplicable a armas de inyección anestésica categoría 7ª, 1.
Orden de 27 de octubre de 2000 por la que se determina el régimen reglamentario aplicable a un artefacto denominado cañón lanza-redes — Segundo
La Orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- el Reglamento aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero BOE-A-1993-6202
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