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En vigorReal Decreto

Real Decreto 33/1999, de 15 de enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta, en materia de defensa del consumidor

También conocida como: RD 33/1999, RD 33/99
Ver en BOE
4 de febrero de 1999·Ministerio de Administraciones Públicas·BOE-A-1999-2772
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma transfiere a la Ciudad de Ceuta la gestión de los servicios y competencias para proteger y defender los derechos de los consumidores.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1

    Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta sobre el traspaso de funciones de defensa del consumidor y usuario del Estado a Ceuta, adoptado el 15 de diciembre de 1998.

  2. Artículo 2

    Quedan traspasados a Ceuta el personal y créditos presupuestarios correspondientes al traspaso de funciones de defensa del consumidor, según el acuerdo y relaciones anexas.

  3. Artículo 3

    El traspaso a Ceuta surte efecto desde la fecha acordada por la Comisión Mixta. Hasta entonces, los Ministerios mantienen los servicios con su nivel actual.

  4. Artículo 4

    Los créditos presupuestarios se transfieren del Ministerio de Economía y Hacienda a la Sección 32 de los PGE, tras recibir certificados de retención del Ministerio de Administraciones Públicas.

  5. Disposición final única

    El Real Decreto 33/1999, de 15 de enero, sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de defensa del consumidor, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
4 de febrero de 1999
Departamento
Ministerio de Administraciones Públicas

Notas oficiales

Efectividad del traspaso desde el 1 de febrero de 1999.

Leyes en las que se basa

  • Real Decreto 1411/1995, de 4 de agosto BOE-A-1995-20466
  • art. 22.1.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/1995 de 13 de marzo BOE-A-1995-6358

Leyes que la modifican

  • en BOE num. 54, de 4 de marzo de 1999 BOE-A-1999-5260
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