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Orden de 31 de enero de 1990 por la que se regula la actuación de determinados órganos del Departamento en relación con el planeamiento urbanístico que afecte a bienes del Estado

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17 de febrero de 1990·Ministerio de Economía y Hacienda·BOE-A-1990-4098
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Esta norma regula cómo el Ministerio de Hacienda debe autorizar las obras o cambios urbanísticos que afecten a edificios o terrenos del Estado.

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  1. Orden de 31 de enero de 1990 por la que se regula la actuación de determinados órganos del departamento en relación con el planeamiento urbanístico que afecte a bienes del estado — Primero

    Las Delegaciones de Hacienda siguen la preparación, aprobación inicial y definitiva de Planes Generales Municipales y normas de ordenación, así como sus revisiones publicadas en boletines oficiales autonómicos o provinciales.

  2. Orden de 31 de enero de 1990 por la que se regula la actuación de determinados órganos del departamento en relación con el planeamiento urbanístico que afecte a bienes del estado — Segundo

    Los Servicios del Patrimonio examinan acuerdos publicados, especialmente aprobaciones iniciales, comprobando la incidencia del planeamiento en el aprovechamiento actual y futuro de bienes del Estado, incluidos los en curso investigador.

  3. Orden de 31 de enero de 1990 por la que se regula la actuación de determinados órganos del departamento en relación con el planeamiento urbanístico que afecte a bienes del estado — Tercero

    Las Secciones de Patrimonio informan sobre la afectación de bienes al planeamiento urbanístico, remitiendo el informe a la Dirección General del Patrimonio y solicitando dictamen técnico.

  4. Orden de 31 de enero de 1990 por la que se regula la actuación de determinados órganos del departamento en relación con el planeamiento urbanístico que afecte a bienes del estado — Cuarto

    El dictamen facultativo se cursa en 5 días. Las comunicaciones a la Dirección General del Patrimonio del Estado, Delegación del Gobierno y Servicios Provinciales deben efectuarse en 10 días desde la publicación del acuerdo.

  5. Orden de 31 de enero de 1990 por la que se regula la actuación de determinados órganos del departamento en relación con el planeamiento urbanístico que afecte a bienes del estado — Quinto

    El Servicio del Patrimonio propone alegaciones al Delegado de Hacienda si el planeamiento afecta a bienes del Estado. Si afecta a otros departamentos, comunica su oposición con razones. La Dirección General puede fijar criterios previos.

  6. Orden de 31 de enero de 1990 por la que se regula la actuación de determinados órganos del departamento en relación con el planeamiento urbanístico que afecte a bienes del estado — Sexto

    Las oposiciones a acuerdos urbanísticos sobre bienes estatales deben ser suscritas por los Delegados de Hacienda y presentadas ante el órgano que adoptó el acuerdo.

  7. Orden de 31 de enero de 1990 por la que se regula la actuación de determinados órganos del departamento en relación con el planeamiento urbanístico que afecte a bienes del estado — Séptimo

    Si se aprueba definitivamente un plan sin recoger alegaciones, los Servicios del Patrimonio remiten informe junto al acuerdo a los órganos indicados en cinco días desde su publicación.

  8. Orden de 31 de enero de 1990 por la que se regula la actuación de determinados órganos del departamento en relación con el planeamiento urbanístico que afecte a bienes del estado — Octavo

    Los Delegados de Hacienda impugnan administrativamente aprobaciones urbanísticas si afectan a bienes del Estado, o judicialmente si la Dirección General del Patrimonio lo ordena. Para bienes de otros departamentos, comunican incidencias y su parecer.

  9. Orden de 31 de enero de 1990 por la que se regula la actuación de determinados órganos del departamento en relación con el planeamiento urbanístico que afecte a bienes del estado — Noveno

    La Dirección General del Patrimonio del Estado adoptará las medidas e instrucciones complementarias o aclaratorias que considere oportunas para el cumplimiento de la Orden.

  10. Orden de 31 de enero de 1990 por la que se regula la actuación de determinados órganos del departamento en relación con el planeamiento urbanístico que afecte a bienes del estado — Décimo

    Queda derogada la Orden del Ministerio de Hacienda de 20 de enero de 1971 y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente orden.

  11. Orden de 31 de enero de 1990 por la que se regula la actuación de determinados órganos del departamento en relación con el planeamiento urbanístico que afecte a bienes del estado — Undécimo

    La Orden de 31 de enero de 1990, que regula la actuación de órganos del Departamento en el planeamiento urbanístico sobre bienes del Estado, entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
17 de febrero de 1990
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Leyes en las que se basa

  • Ley de Bases del Patrimonio del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 1022/1964, de 15 de abril BOE-A-1964-6135
  • Ley sobre Régimen del Suelo y ordenación Urbana, texto refundido aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril BOE-A-1976-11506
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