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En vigorLey

Ley 1/1990, de 22 de febrero, de declaración del área natural de especial interés de Mondragó

También conocida como: L 1/1990, L 1/90
Ver en BOE
21 de mayo de 1990·15 de marzo de 1990·Comunidad Autónoma de las Islas Baleares·BOE-A-1990-11173
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley protege el entorno natural de Mondragó en Mallorca, estableciendo normas para conservar su paisaje y biodiversidad para el disfrute público.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

6
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1
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1

    Se declara área natural de especial interés el espacio Mondragó, en Santanyí, conforme a la Ley 1/1984.

  2. Artículo 2

    El área incluye litoral entre S’Estret des Temps i Ses Penyes Rolges, excluyendo suelos urbanos de Cap des Moro y Sa Barca Trencada.

  3. Disposición transitoria primera

    Hasta el Plan Especial, Área 1 sigue el Plan Provincial Paisajístico y Área 2, Parajes Preservados Forestales.

  4. Disposición transitoria segunda

    La adquisición de terrenos en Cala Mondragó se financia con Ley de Crédito Extraordinaria. Los Presupuestos cubrirán gastos de protección.

  5. Disposición final primera

    El Govern queda autorizado a dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y el desarrollo de esta Ley.

  6. Disposición final segunda

    La Ley 1/1990, de 22 de febrero, de declaración del área natural de especial interés de Mondragó, será vigente el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
21 de mayo de 1990
Departamento
Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Notas oficiales

Publicada en el BOIB núm. 33, de 15 de marzo de 1990.

Leyes en las que se basa

  • art. 27.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero BOE-A-1983-6316
  • la Ley 1/1984, de 14 de marzo BOIB-i-1984-90002
actividades permitidas Mondragóconservación naturaleza Mallorcanormas uso espacio protegidoparque natural Mondragóprotección medio ambienteprotección paisajeturismo sostenible