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En vigorReal Decreto

Real Decreto 773/1989, de 23 de junio, por el que se regulan aspectos formales de los sorteos a celebrar por el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado

También conocida como: RD 773/1989, RD 773/89
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27 de junio de 1989·7 de febrero de 2004·Ministerio de Economía y Hacienda·BOE-A-1989-14729
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece las reglas y procedimientos oficiales para organizar y celebrar los sorteos de la Lotería Nacional y apuestas del Estado.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

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  1. Artículo 1

    Se autoriza al Organismo Nacional de Loterías a celebrar sorteos en el extranjero. Deben ser públicos, usar medios adecuados y ser verificados por sus servicios.

  2. Artículo 2

    El Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado puede participar en sorteos comunes con otras Loterías de Estado, contribuyendo a un fondo común para premios, respetando los porcentajes legales establecidos.

  3. Artículo 3

    En cada sorteo se constituye una mesa de control con al menos dos miembros: un presidente (Director General o delegado) y un interventor o fedatario público, que levantan acta. Asisten también los funcionarios nombrados por la Dirección General.

  4. Artículo 4

    El Organismo puede destinar hasta el 0,5 por 100 del importe de la emisión a una dotación benéfica, social o cultural de reconocido prestigio, acordada con los países participantes o el Ministerio de Economía y Hacienda.

  5. Artículo 5

    Para materializar los fondos comunes, el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado puede transferir cantidades al extranjero, cumpliendo las formalidades legales y dentro de los límites establecidos.

  6. Disposiciones finales — Primera

    Se autoriza al Ministerio de Economía y Hacienda a dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de lo dispuesto en el Real Decreto 773/1989, de 23 de junio, sobre aspectos formales de los sorteos del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado.

  7. Disposiciones finales — Segunda

    El Real Decreto 773/1989, de 23 de junio, que regula aspectos formales de los sorteos del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado, entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
27 de junio de 1989
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Leyes que la modifican

  • el art. 3, por Real Decreto 208/2004, de 6 de febrero BOE-A-2004-2305
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