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En vigorOrden

Orden de 29 de octubre de 1986 por la que se aprueba la norma de calidad para tripas naturales con destino al mercado interior

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7 de noviembre de 1986·29 de marzo de 2013·Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno·BOE-A-1986-29371
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece los requisitos de calidad que deben cumplir las tripas naturales utilizadas para elaborar embutidos y otros productos cárnicos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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  1. Artículo único

    Se aprueba la norma de calidad para las tripas naturales, que figura en el anejo único de esta Orden.

  2. DISPOSICIÓN ADICIONAL

    Los Departamentos responsables velan por el cumplimiento de la Orden, coordinando actuaciones sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas y corporaciones Locales.

  3. DISPOSICIÓN FINAL

    La Orden de 29 de octubre de 1986, sobre calidad de tripas naturales, entra en vigor en todo el territorio del Estado Español un año después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
7 de noviembre de 1986
Departamento
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno

Notas oficiales

Entrada en vigor: al año desde el 7 de noviembre de 1986.

Leyes en las que se basa

  • el Decreto 1043/1973, de 17 de mayo BOE-A-1973-761

Leyes que la modifican

  • los apartados 10, 11, 12, 13 y lo indicado del apartado 14, por Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo BOE-A-2013-3402
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