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En vigorReal Decreto

Real Decreto 996/1986, de 25 de abril, por el que se regula la suscripción de Convenio Especial de los emigrantes e hijos de emigrantes

También conocida como: RD 996/1986, RD 996/86
Ver en BOE
26 de mayo de 1986·4 de octubre de 2003·Ministerio de Trabajo y Seguridad Social·BOE-A-1986-12919
Resumen en lenguaje sencillo

Permite a los españoles que viven o trabajan fuera de España seguir cotizando a la Seguridad Social para asegurar su futura pensión o jubilación.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

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Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (4 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1

    Emigrantes e hijos con nacionalidad española pueden afiliarse a la Seguridad Social mediante convenio especial, incluso sin cotización previa. Al regresar a España, se incluye si no tienen otro régimen público.

  2. Artículo 2

    El Convenio Especial de emigrantes e hijos de emigrantes genera una situación de asimilación al alta para las contingencias de jubilación, invalidez, muerte y supervivencia.

  3. Artículo 3

    Los suscriptores pagan la cotización. La base es la mínima del Régimen General para mayores de 18 años. La cuota se calcula aplicando coeficientes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

  4. DISPOSICION FINAL

    El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social dicta normas de desarrollo. El Real Decreto entra en vigor el primer día del mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
26 de mayo de 1986
Departamento
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Leyes en las que se basa

  • Ley 33/1971, de 21 de julio BOE-A-1971-922

Leyes que la modifican

  • por Orden de 28 de julio de 1987 BOE-A-1987-18553
  • el art. 1, por Real Decreto 1203/2003, de 19 de septiembre BOE-A-2003-18429
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