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En vigorReal Decreto

Real Decreto 2949/1979, de 29 de diciembre, sobre competencias del Instituto Geográfico Nacional en lo concerniente al Mapa Nacional Topográfico Parcelario

También conocida como: RD 2949/1979, RD 2949/79
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10 de enero de 1980·Presidencia del Gobierno·BOE-A-1980-530
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma define las funciones del Instituto Geográfico Nacional para elaborar y gestionar los mapas topográficos y parcelarios de España.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

5
Artículos
1
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3
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo primero

    El Mapa Nacional Topográfico Parcelario, levantado por el Instituto Geográfico Nacional, es la única base geométrica válida para el Catastro y la base geográfica del Banco Nacional de Datos Catastrales.

  2. Artículo segundo

    El Mapa Nacional Topográfico Parcelario se apoya en la Red Geodésica Nacional para garantizar homogeneidad y cumplir las precisiones técnicas exigibles en levantamiento, conservación y replanteos.

  3. Artículo tercero

    El Instituto Geográfico Nacional realiza el procedimiento de contratación si la urgencia o magnitud de los trabajos lo requiere. Establece las normas de calidad para los trabajos contratados y controla su cumplimiento.

  4. Artículo cuarto

    Para conservar el Mapa Topográfico Parcelario, los Ayuntamientos, Juntas Periciales y particulares deben informar a la Oficina Provincial del Instituto Geográfico Nacional sobre las alteraciones de propiedad.

  5. Artículo quinto

    El Instituto Geográfico Nacional es competente para emitir certificaciones y cédulas parcelarias que contienen datos físicos y geométricos de las fincas.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
10 de enero de 1980
Departamento
Presidencia del Gobierno

Leyes en las que se basa

  • Ley de 23 de marzo de 1906 (Gazeta) BOE-A-1906-1975
  • competencias establecidas por Real Decreto-ley de 3 de abril de 1925 (Gazeta) BOE-A-1925-3191
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