Real Decreto 2528/1979, de 7 de septiembre, sobre el Plan integral de abastecimiento y saneamiento de la provincia de Madrid
También conocida como: RD 2528/1979, RD 2528/79Normativa que regula la mejora y gestión de las infraestructuras de agua potable y alcantarillado en toda la provincia de Madrid.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo primero
El Canal de Isabel II desarrolla el plan de abastecimiento y saneamiento de Madrid según zonas indicativas. Los municipios no incluidos pueden adherirse a petición propia y tras estudios del Canal.
Artículo segundo
El Canal de Isabel II gestiona con los Ayuntamientos la suscripción de convenios para hacerse cargo del servicio integrado de abastecimiento y saneamiento en cada zona.
Artículo tercero
El Canal redacta programas de obras distinguiendo captación, distribución, alcantarillado y depuración. Se separan obras comunes y específicas. El Ministerio de Industria y Energía mantiene sus competencias.
Artículo cuarto
Los Ayuntamientos financian sus obras gestionando auxilios, exacciones o créditos. El Canal puede asumir subsidiariamente intereses y amortización de créditos mediante incremento de tarifa.
Artículo quinto
La tarifa incluye precio base más incrementos por financiación y explotación. El Canal transfiere recaudación a Ayuntamientos o paga créditos. Hasta un 20% puede destinarse a adecuar redes municipales.
Artículo sexto
Los incrementos se aprueban según el Reglamento del Canal y legislación de precios. Desaparecen al amortizar créditos. Los de explotación deben cubrir costes de alcantarillado y depuración.
Artículo séptimo
Se aplica recargo de saneamiento a zonas abastecidas por el Canal que no viertan a Madrid, si lo solicitan los Ayuntamientos. La recaudación financia grupos tercero y cuarto. Si es insuficiente, se solicita modificación al Ministerio.
Información general
Leyes en las que se basa
- el Real Decreto 1091/1977, de 1 de abril BOE-A-1977-12404
- Real Decreto 3459/1977, de 16 de diciembre BOE-A-1978-2210
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