Real Decreto 2076/1979, de 20 de julio, por el que se establecen las condiciones que deben cumplir las viviendas que terminadas o en construcción opten por acogerse al régimen de viviendas de protección oficial establecido por el Real Decreto-ley 31/1978, de 31 de octubre
También conocida como: RD 2076/1979, RD 2076/79Esta norma define los requisitos técnicos y de construcción que deben cumplir las viviendas para ser consideradas de protección oficial (VPO).
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Qué ha cambiado
2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 14 de enero de 1993Reforma BOE-A-1993-967Ver qué cambió →
- 12 de junio de 1980Reforma BOE-A-1980-11839Ver qué cambió →
- 5 de septiembre de 1979Versión original BOE-A-1979-21590
Artículo por artículo
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Artículo 1
Se otorga calificación provisional de vivienda de protección oficial a proyectos iniciados o terminados que cumplan condiciones de superficie, diseño y calidad del Real Decreto 3148/1978. La solicitud debe ser para proyectos completos, no viviendas aisladas.
Artículo 2
La solicitud de calificación provisional se presenta en las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo. Debe incluir licencia de obras y acta notarial (emitida en el mes anterior). La resolución se emite en un mes.
Artículo 3
Plazos para solicitar calificación definitiva tras la provisional: 24 meses (sin cimientos), 18 meses (cimientos enrasados), 12 meses (estructura y cubiertas) o 1 mes (obras terminadas). Se exigen documentos del artículo 17.
Artículo 4
Los promotores con calificación provisional pueden obtener préstamos cualificados para viviendas no enajenadas, hasta el máximo normativo vigente en la fecha de calificación, independientemente del estado de las obras.
Artículo 5
Las viviendas calificadas se rigen por el Real Decreto-ley 31/1978 y el Real Decreto 3148/1978. Se aplican especialmente los artículos 11 y 12 de este último para fijar los precios de venta y renta.
Disposición final
Se autoriza al Ministro de Obras Públicas y Urbanismo a dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del Real Decreto 2076/1979, de 20 de julio, sobre viviendas de protección oficial.
Información general
Leyes en las que se basa
- el Real Decreto-ley 31/1978, de 31 de octubre BOE-A-1978-27765
- Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre BOE-A-1979-1217
Leyes que la modifican
- el párrafo segundo del art. 2, y el art. 4, por Real Decreto 1083/1980, de 18 de abril BOE-A-1980-11839
- el art. 4, por Real Decreto 1563/1992, de 18 de diciembre BOE-A-1993-967
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