Real Decreto 1829/1978, de 15 de julio, por el cual se disponen determinadas obligaciones en la solicitud de la cédula de habitabilidad en edificaciones de nueva planta
También conocida como: RD 1829/1978, RD 1829/78Esta norma regula los requisitos y trámites necesarios para obtener la cédula de habitabilidad al estrenar una vivienda de obra nueva.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (2 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo primero
Para la cédula de habitabilidad en viviendas nuevas, se exige presentar el justificante de alta en la Contribución Territorial Urbana.
Artículo segundo
Los Ayuntamientos exigen el mismo requisito de cédula de habitabilidad al solicitar la licencia de apertura de locales de negocios en edificaciones de nueva planta.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la Ley de Reforma del Sistema Tributario de 11 de junio de 1964 BOE-A-1964-9380
- Orden de 13 de noviembre de 1968 BOE-A-1968-1466
- Decreto 469/1972, de 24 de febrero BOE-A-1972-351
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.