Saltar al contenido
← Volver
En vigorDecreto urgente

Decreto-ley 3/2019, de 15 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón

También conocida como: RDL 3/2019, RDL 3/19
Ver en BOE
18 de enero de 2019·Comunidad Autónoma de Aragón·BOA-d-2019-90261
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula la subida de sueldos y las retribuciones de los empleados públicos que trabajan para el Gobierno de Aragón.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

20
Artículos
1
Versiones
1
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (20 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Normas generales

    Retribuciones públicas en Aragón: +2,25% desde 1/1/2019. Si PIB≥2,5%, +0,25% desde 1/7/2019. Se inaplican cláusulas de acuerdos sindicales de 2007-2008 y 2004 por interés público.

  2. Artículo 2 — Retribuciones de los miembros del Gobierno, de los directores generales y asimilados, del personal eventual y de otro personal directivo

    Presidente y consejeros tienen 85.939,32€ y 68.568,60€ anuales. Directores generales 68.568,60€. Incremento del 2,25% para todos desde 1/1/2019. Personal eventual y directivo también se beneficia.

  3. Artículo 3

    Funcionarios de Aragón: sueldo, trienios, 2 pagas extra (junio/dic), complemento destino (niveles 13-30) y específico (+2,25%). Deducciones por horas no trabajadas. Cálculo por días en cambios de puesto.

  4. Artículo 4 — Personal docente no universitario

    El personal docente no universitario tiene un incremento del 2,25% en retribuciones respecto a diciembre 2018. El Gobierno de Aragón puede modificar el complemento específico con criterios sindicales y determinar compensaciones para maestros en secundaria.

  5. Artículo 5 — Complemento de productividad y gratificaciones

    El Gobierno de Aragón puede aplicar un complemento de productividad variable y conceder gratificaciones extraordinarias no fijas. Se prohíbe a altos cargos y personal eventual percibir gratificaciones. La información se comunica trimestralmente a sindicatos y se publica en el Portal de Transparencia

  6. Artículo 6 — Complemento personal transitorio

    El personal funcionario recibe un complemento transitorio si hay disminución de ingresos fijos por traspasos. Se reduce anualmente con el incremento del complemento específico y se absorbe por mejoras en 2019. Para el personal del Instituto Nacional de Servicios Sociales, se absorbe al 50% del incremento del complemento específico tipo A en 2019.

  7. Artículo 7 — Retribuciones del personal laboral

    Las retribuciones del personal laboral e incrementan un 2,25% desde el 1 de enero de 2019. Se excluyen ciertos niveles de desarrollo profesional del Consorcio Aragonés Sanitario. Es necesario informe favorable de Hacienda antes de negociar condiciones retributivas en 2019

  8. Artículo 8 — Retribuciones de los funcionarios interinos

    Los funcionarios interinos perciben retribuciones básicas del grupo y complementarias del puesto, excluidas las de funcionario de carrera. Los trienios siguen el Estatuto Básico. Si son seleccionados para programas temporales o por exceso de tareas, reciben básicas y complementarias de un puesto de nivel base.

  9. Artículo 9 — Retribuciones del personal estatutario

    El personal estatutario tiene un incremento del 2,25% en complementos desde el 1 de enero de 2019. Se establecen complementos de destino, específico (4 modalidades), productividad, atención continuada y carrera. La información sobre productividad es pública y se remite a la Comisión de Hacienda dos

  10. Artículo 10 — Retribuciones complementarias del personal al servicio de la Administración de Justicia

    Funcionarios de Justicia en Aragón perciben retribuciones según ley estatal y este decreto. Incremento del 2,25% desde dic 2018. Complementos ajustados a créditos y Oficina Judicial.

  11. Artículo 11 — Retribuciones del personal sanitario en formación por el sistema de residencia

    Las retribuciones del personal sanitario en formación por residencia aumentan un 2,25% respecto a las vigentes al 31 de diciembre de 2018.

  12. Artículo 12 — Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunidad Autónoma de Aragón

    La compensación retributiva del personal de la Unidad de la Policía Nacional adscrita a Aragón sigue la misma variación que el personal de la Administración autonómica, sin perjuicio de adecuaciones previstas en el artículo 1.

  13. Artículo 13 — Retribuciones del personal de las sociedades mercantiles autonómicas

    Se requiere informe favorable de la Corporación Empresarial Pública de Aragón o de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión para fijar o modificar retribuciones del personal laboral de sus empresas. Esto incluye puestos nuevos, modificaciones de contratos y mejoras salariales.

  14. Disposición adicional primera — Medidas para el incremento de la masa salarial prevista en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado

    Desde el 1 de enero de 2019, el personal funcionario, laboral y estatutario recibe un incremento salarial del 0,2% de la masa salarial, abonado mensualmente con pagas extraordinarias.

  15. Disposición adicional segunda — Medidas para el incremento de la masa salarial prevista en el Real Decreto-Ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público

    Tras negociación colectiva, se autoriza un incremento salarial del 0,25% (0,3% si hay superávit) para productividad, revisión de complementos, homologación o planes de pensiones.

  16. Disposición adicional tercera — Fondo de Acción Social

    Se dota un Fondo de Acción Social de 3 millones de euros para ayudas sociales y planes de pensiones del personal público, excepto personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud.

  17. Disposición adicional cuarta — Fondo Especial de Acción Social en favor del personal

    En 2019 se constituye un Fondo Especial de Acción Social de 1 millón de euros para financiar ayudas sociales y aportaciones a planes de pensiones del personal público.

  18. Disposición adicional quinta — Enseñanza concertada

    Se financian los incrementos del personal docente de enseñanza concertada conforme al VI convenio colectivo y acuerdos de 2018. El complemento autonómico de 2018 se recalcula con efectos desde el 1 de enero de 2018. El personal en pago delegado tiene un incremento lineal del 1,625%

  19. Disposición final primera — Facultades de desarrollo

    Se faculta al titular del Departamento competente en materia de función pública para dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para desarrollar este Decreto-Ley.

  20. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    El Decreto-ley 3/2019, de 15 de enero, del Gobierno de Aragón, sobre retribuciones en el sector público, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
En vigor
Publicación
18 de enero de 2019
Departamento
Comunidad Autónoma de Aragón

Leyes en las que se basa

  • el art. 44 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril BOE-A-2007-8444

Leyes que la modifican

  • por Resolución de 7 de febrero de 2019 BOA-d-2019-90299
mejoras salariales administraciónnómina trabajadores públicosretribuciones sector públicosubida salarial empleados públicossueldo funcionarios Aragón